Las becas generales para el curso 2023/2024 se pueden solicitar del 27 de marzo al 17 de mayo de 2023

 

 

A partir de este 27 de marzo hasta el próximo 17 de mayo, ambos inclusive, estará abierto el plazo para pedir las becas MEC 2023. Estas ayudas diseñadas para facilitar el acceso a la educación una vez terminada la etapa obligatoria pueden ser percibidas tanto por estudiantes universitarios de grado o máster como por alumnos que prosigan su formación lejos de la universidad

 

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AYUDAS PARA FOMENTAR EL ASOCIACIONISMO DE MUJERES EN EL AÑO 2023


Resolución de 21/03/2023, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para fomentar el asociacionismo de mujeres en el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 683493. [2023/2793]

Entidades beneficiarias Tendrán la condición de entidades beneficiarias, a efectos de la presente resolución, las asociaciones de mujeres o federaciones de asociaciones de mujeres legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.

Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la realización de proyectos de asociaciones y federaciones de asociaciones de mujeres que tengan como objeto promover la igualdad real entre mujeres y hombres, fomentando la participación social de las mujeres y el trabajo en red.

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CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES PRIVADAS SIN ANIMO DE LUCRO PARA SERVICIOS EN MATERIA SOCIOSANITARIA PARA EL 2023

 


 

Resolución de 17/03/2023, de la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y la prestación de servicios en materia sociosanitaria para el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 682923. [2023/2727]

Beneficiarios. Podrán concurrir a la convocatoria de estas subvenciones las asociaciones de pacientes y de personas afectadas por patologías crónicas y entidades privadas con naturaleza jurídica propia, sin ánimo de lucro, válidamente constituidas

Objeto. La presente resolución tiene como objeto la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Castilla-La Mancha, para financiar la realización de programas de interés sociosanitario destinados a personas con enfermedades crónicas.

Se considerarán programas o servicios subvencionables aquellos desarrollados en Castilla-La Mancha dirigidos a personas con enfermedades crónicas:

-Programas de cuidados asistenciales y/o rehabilitadores.

-Programas de promoción, prevención de la enfermedad, información, asesoramiento, sensibilización y divulgación.

-Programas de formación y capacitación de pacientes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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SUBVENCIÓN DEL PROGRAMA ADELANTE DIGITALIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2023


Resolución de 20/03/2023, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Digitalización, para la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2023. Extracto BDNS (Identif.): 682737. [2023/2669]

Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes, de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que realicen alguna actuación subvencionable conforme a lo dispuesto en la Orden 164/2018, de 5 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la presente resolución.

Objeto. La presente resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2023, y dentro del Programa “Adelante Digitalización”, las  líneas de subvención que se detallan en esta resolución.

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

       

BASES PROGRAMA ADELANTE DIGITALIZACIÓN. 

 

CONVOCATORIA 2023

AYUDAS DEL PROGRAMA CASTILLA LA MANCHA MAS SEGURA PARA EL EJERCICIO 2023

 


Resolución de 14/03/2023, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023. Extracto BDNS (Identif.): 682283. [2023/2539]

Beneficiarios Las personas físicas, las personas jurídicas privadas con ánimo de lucro, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las agrupaciones de cualquiera de ellas, siempre que todas tengan personas trabajadoras por cuenta ajena. Y, también, las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica y tengan personas trabajadoras por cuenta ajena.

Objeto. Convocar las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023.

Línea 1 Inversión PRL. Esta línea tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en instalaciones y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud de los centros de trabajo, incluidos los proyectos de prevención y protección frente al riesgo biológico de contagio por COVID-19.

Línea 2 Certifica PRL. Esta línea tiene por objeto promover la implantación y certificación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, así como la renovación de esta certificación.

Línea 3 Evaluación PRL. Esta línea tiene por objeto facilitar la evaluación de los riesgos derivados de la exposición por inhalación a agentes químicos peligrosos, que incluyan la medición de las concentraciones del agente en el aire.

Línea 4 Investigación PRL. Esta línea tiene por objeto promover el desarrollo de proyectos de investigación orientados a la mejora de las condiciones de seguridad y salud Laboral.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER CULTURAL DE LA PROVINCIA DE TOLEDO, DURANTE EL AÑO 2023


Beneficiarios: Entidades Culturales de la provincia de Toledo. No podrán acogerse a esta convocatoria, las entidades sin ánimo de lucro consideradas destinatarias de otras convocatorias de subvenciones del Área de Educación, Cultura, Igualdad y Bienestar Social, tales como las subvenciones para asociaciones de jubilados, para asociaciones de mujeres, para asociaciones juveniles o para asociaciones musicales.

Objeto Concesión de subvenciones a favor de las Entidades Privadas sin ánimo de lucro de carácter cultural de la provincia de Toledo destinadas a financiar los gastos que se generen, durante la anualidad 2023, en materia de actividades culturales

Plazo de Presentación de Solicitudes Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Toledo.

 

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SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN MATERIA DE CONSUMO RESPONSABLE.

Resolución de 13/03/2023, de la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, por la que se aprueba la convocatoria para 2023 de concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos en materia de consumo responsable realizados por entidades sin ánimo de lucro. Extracto BDNS (Identif.): 681623. [2023/2358]

Entidades Beneficiarias. Serán entidades beneficiarias de la presente convocatoria las entidades con personalidad jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, para proyectos a desarrollar en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Objeto. Convocar para el año 2023 subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de proyectos de consumo responsable, realizados por entidades sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha.

Séptimo. Actividades subvencionables y periodo de ejecución. Podrán ser objeto de subvención la realización de proyectos e iniciativas de consumo responsable que aparecen en este apartado.

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BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AYUDAS A INVERSIONES MATERIALES E INMATERIALES EN INSTALACIONES VITIVINÍCOLAS.

 


Orden 48/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (Vinati), dentro de la intervención sectorial vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el período 2024-2027 y se establece su convocatoria para todo el período. Extracto BDNS (Identif.): 681079. [2023/2301]

Personas beneficiarias. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden las entidades que deseen acometer inversiones en transformación y/o comercialización en sus instalaciones, o inversiones en comercialización en instalaciones desvinculadas físicamente de la bodega, y sean de alguno de los tipos siguientes:

a) Empresas vitivinícolas constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen productos vitivinícolas o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización.

b) Organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, y sus asociaciones.

c) Asociaciones de dos o más productores de productos vitivinícolas, con personalidad jurídica y constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

d) Organizaciones interprofesionales. e) Organizaciones profesionales.

Objeto La presente orden tiene por objeto precisar las bases reguladoras de las ayudas en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (Vinati) que se contienen en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para la aplicación de los tipos de intervención dentro de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español, para el periodo 2024 a 2027, y convocar, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para todo el período.

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 1 de diciembre de cada año y finalizará el 31 de enero del año siguiente, salvo para la primera convocatoria de ayudas, para la que el plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el día siguiente a la publicación de la presente orden y finalizará el 1 de abril de 2023.

Acciones y gastos subvencionables.

1. Se considerarán subvencionables los costes de las siguientes acciones:

a) Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.

b) Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto. Dentro de estos gastos quedan incluidas las inversiones en activos materiales consistentes en sistemas que generen energía, siempre que la cantidad de energía anual generada no supere la cantidad de energía consumida anualmente en las instalaciones objeto de la inversión.

c) Gastos administrativos vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b, tales como honorarios de arquitectura, ingeniería y asesoría, así como estudios de viabilidad.

d) La adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas

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AYUDAS SOCIALES PARA DESARROLLO RURAL FUNDACIÓN EUROCAJA RURAL

 

Desde Fundación Eurocaja Rural se ha puesto en marcha una nueva convocatoria de Ayuda Sociales para Proyectos de Desarrollo Rural.

Colaboración con proyectos que permitan en el ámbito rural:

  • FIJAR POBLACIÓN
  • CREAR OPORTUNIDADES PARA LOS JÓVENES, FOMENTANDO EL RELEVO GENERACIONAL Y LA CREACIÓN DE EMPLEO
  • PROYECTOS QUE PROMUEVAN LA IGUALDAD DE LA MUJER RURAL
  • FAVORECER EL CUIDADO Y LA AUTONOMÍA DE NUESTROS MAYORES
  • ELIMINAR BARRERAS DE CONEXIÓN Y REDUCIR LA BRECHA ENTRE LOS NÚCLEOS RURALES Y URBANOS.

 

El plazo para la presentación de proyectos finaliza el próximo 17 de abril.

Puedes encontrar toda la información y el formulario de inscripción en la web: https://eurocajarural.fun/actividades/ayudas-desarrollo-rural-2023/

Si tienes cualquier duda contacta a través del correo electrónico fundacion@eurocajarural.es

Ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el curso 2022-2023

Extracto de la Resolución de 02/03/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el curso 2022-2023.

Beneficiarios

El alumnado matriculado en centros públicos de Castilla-La Mancha en niveles de enseñanza obligatoria que no pueden hacer uso de la ruta de transporte escolar o que, haciendo uso de la misma, su domicilio se encuentra a más de 2 kms de la parada de transporte escolar más próxima y reúna los requisitos que establece la base tercera de la Orden de 6 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.


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AYUDAS INDIVIDUALES DE TRANSPORTE ESCOLAR .

 

Resolución de 02/03/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el curso 2022-2023. Extracto BDNS (Identif.): 679264. [2023/1960]

Beneficiarios El alumnado matriculado en centros públicos de Castilla-La Mancha en niveles de enseñanza obligatoria que no pueden hacer uso de la ruta de transporte escolar o que, haciendo uso de la misma, su domicilio se encuentra a más de 2 kms de la parada de transporte escolar más próxima y reúna los requisitos que establece la base tercera de la Orden de 6 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas.

Objeto Financiar los gastos de transporte escolar del alumnado matriculado en centro docentes públicos no universitarios de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el curso 2022-2023.

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BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA IMPULSAR LA IGUALDAD DE GENERO , LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA MACHISTA Y LA NO DISCRIMINACIÓN.

 


Orden 40/2023, de 23 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación. [2023/1757]

Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones que tengan por finalidad impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación por razón de género.

Artículos 5. Líneas de subvención y período de ejecución. 1. Las líneas de subvención que recoge la presente Orden se encuadran dentro del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto de la Mujer 2021-2023, concretamente en el objetivo 366 dirigido a “Impulsar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, fomentar una a sociedad libre de violencia de género”. Para alcanzar este objetivo serán subvencionables las siguientes líneas que se encuentran en este articulo.

Artículo 6. Personas o entidades beneficiarias. Podrán tener la condición de beneficiarias, en función de las diferentes líneas de subvención, las siguientes personas o entidades que aparecen en dicho articulo.

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SOLICITUD PARA EL PAGO DIRECTO A CARGO DE FEAGA PARA EL COBRO DE LAS AYUDAS Y CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2023 (PEPAC)

 


Orden 37/2023, de 27 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola (Feaga), la solicitud única y los requisitos comunes para el cobro de las ayudas y se convocan para el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 678568. [2023/1872]

Personas beneficiarias. Agricultor activo. Para la definición y requisitos de agricultor activo, se estará a lo dispuesto en el Capítulo I del Título II del del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, que establece las actividades excluidas y las excepciones a las obligaciones de agricultor activo.

Objeto El objeto de la presente orden es establecer las disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos con cargo al Feaga, en el marco del Plan Estratégico de la PAC en España 2023-2027( en adelante, Pepac), que se convocan para el año 2023, de conformidad con el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, que deberán realizar las personas solicitantes cuya explotación radique en Castilla-La Mancha o en su caso, la mayor parte de la superficie agraria de la misma y en caso de no disponer de superficie agraria donde se encuentren el mayor número de animales, que deseen solicitar alguna o todas de las ayudas que se detallan en esta orden.

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BASES POR LA QUE SE ESTABLECE LA SOLICITUD ÚNICA DE PAGOS DIRECTOS DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN EN CASTILLA LA MANCHA.

 


Orden 39/2023, de 27 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las intervenciones en forma de pagos directos y las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control, de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2023, su forma y plazo de presentación. [2023/1822]

Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla - La Mancha para el año 2023, su forma y plazo de presentación, que a continuación se indican en dicha orden.

Plazo de presentación. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2023, se inicia el 1 de marzo y finalizará el día 31 de mayo del mencionado año, ambos inclusive. Las solicitudes presentadas desde el día 1 de marzo hasta la publicación de esta orden han de entenderse presentadas en plazo, debiendo ser subsanadas, en su caso, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la presente orden.

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AYUDAS A LA REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSION DE VIÑEDO DE CASTILLA LA MANCHA.

 


Orden 36/2023, de 27 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027 y se convocan para su ejecución en 2024 y 2025. Extracto BDNS (Identif): 678543. [2023/1828]

Personas beneficiarias. Se podrán acoger a las ayudas en el marco de la intervención de reestructuración y reconversión de viñedos quienes cumplan con los r equisitos de admisibilidad establecidos en el artículo 5 de la presente orden.

Objeto La presente orden tiene por objeto desarrollar las bases reguladoras y convocar ayudas para la intervención de reestructuración y reconversión del viñedo de Castilla-La Mancha en el marco de la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027, que se ejecuten en los ejercicios financieros 2024 y 2025, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, de las siguientes operaciones:

a) Replantación con o sin sistema de conducción (Reestructuración de viñedo).

b) Mejora de técnicas de gestión. (Transformación de vaso a espaldera).

Plazo presentación solicitudes. El plazo de presentación será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden y de su extracto de la BDNS, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES AL TRABAJO DE AUTONOMOS EN CASTILLA LA MANCHA.


Decreto 19/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco de la estrategia de impulso al trabajo autónomo en Castilla-La Mancha 2022-2025. Extracto BDNS (Identif.):677668. [2023/1649]

Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas de las líneas 1, 2 y 4:

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra, una actividad económica y profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Las personas físicas, que cumpliendo los requisitos dispuestos en la letra a), formen parte y se encuentren integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

c) Las personas físicas, que cumpliendo los requisitos dispuestos en la letra a), constituyan sociedades limitadas unipersonales, cuando aquellas desarrollen su actividad en las mismas.

2. Podrán ser beneficiaras de las ayudas previstas en la línea 3, los familiares colaboradores de las personas trabajadoras autónomas, entendiéndose por tales, el cónyuge o persona con análoga relación afectiva y de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o a la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos en la actividad de que se trate.

Financiación y cuantía de las subvenciones. El crédito disponible para atender las obligaciones económicas derivadas del presente decreto para el ejercicio 2023 asciende a 3.000.000 euros distribuidos.

La cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 1.200 euros al mes para la Línea 1

La cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 6.000 euros para la Línea 2

La cuantía de la subvención ascenderá a un máximo de 3.000 euros para la Línea 3

La cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 9.000 euros, para la Línea 4

Líneas de subvención y plazo de ejecución. 1. En el marco de este decreto, se establecen las siguientes líneas de subvención:

Línea 1. Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de la persona trabajadora autónoma, reguladas en la Sección 1ª del Capítulo II.

Línea 2. Ayudas para el fomento del relevo generacional, reguladas en la Sección 2ª del Capítulo II.

Línea 3. Ayudas al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma, reguladas en la Sección 3ª del Capítulo II.

Línea 4. Ayudas para la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena, reguladas en la Sección 4ª del Capítulo II.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

1.El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

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