AYUDAS DE APOYO A LA CREACIÓN Y AL EMPLEO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES
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- Normativa: Enlace DOCM
- Plazo para presentar solicitudes: 15 de octubre de 2022
- Puede pinchar aquí para hacer su SOLICITUD:
Para más información, puede ponerse en contacto con la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía a través del siguiente correo electrónico: dgat.economiaempresasempleo@jccm.es
BASES REGULADORAS DE SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE SENSIBILIZACIÓN Y FORMACIÓN EN MATERIA DE AGENDA 2030
El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el día 11 de Agosto de 2.022, la Orden de 158/2022, de 1 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de proyectos de sensibilización y formación en materia de Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible. [2022/7365
Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de proyectos de sensibilización y formación en Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible
Entidades beneficiarias. 1. Podrán concurrir a las convocatorias de estas subvenciones las entidades con personalidad jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, para proyectos a desarrollar en el ámbito de Castilla-La Mancha.
Líneas de ayuda.
1. Proyectos de sensibilización: acciones dirigidas al conjunto de la sociedad para dar a conocer la Agenda 2030:
a) Charlas, debates, mesas redondas, jornadas o seminarios.
b) Desarrollo de campañas informativas.
2. Proyectos de formación en el ámbito de la educación no formal para profundizar en los objetivos de desarrollo sostenible.
BASES REGULADORAS DE AYUDAS BONOS DIGITALES PARA COLECTIVOS VULNERABLES
El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el día 10 de Agosto de 2.022, la Orden 156/2022, de 1 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución en Castilla-La Mancha del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU y se crea el Registro de Operadores-colaboradores del programa y se convoca el procedimiento de inscripción en el mismo. [2022/7416]
Objeto y finalidad.
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas públicas para la ejecución, en Castilla-La Mancha, de un programa de emisión de bonos de conectividad digital (bonos digitales) para colectivos vulnerables, la creación del Registro de operadores-colaboradores del programa y la convocatoria del procedimiento de inscripción en el mismo. El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el incremento de la velocidad de los ya contratados, desde una ubicación fija con una velocidad mínima de 30 Mbits por segundo en sentido descendente en condiciones de hora punta (“under peak time conditions”), con la tecnología más adecuada en cada caso, para personas o unidades familiares identificadas como vulnerables. Se entiende por “velocidad en condiciones de hora punta” la velocidad que se espera alcancen las personas usuarias finales en el momento del día -con una duración típica de una hora- en la que la carga de red suele ser máxima.
2. La finalidad de esta orden es la ejecución parcial, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de la inversión C15.I3 “Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables” de la componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa Unico - Bono Social).
Determinación de los colectivos vulnerables. Personas beneficiarias.
1. Tendrán la consideración de vulnerables a efectos de las presentes ayudas las personas consumidoras que tengan la calificación de vulnerables severas, de conformidad con el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, y demás normas definidoras del consumidor vulnerable a efectos del bono social de electricidad.
2. Serán titulares del bono digital para colectivos vulnerables y tendrán la condición de potenciales personas beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente orden, aquellas personas consumidoras de Castilla-La Mancha vulnerables severas, que sean beneficiarias del Bono Social de Electricidad, previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a fecha 31 de diciembre de 2021 y, en consecuencia, puedan serlo también del Bono Social Térmico, establecido por el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.
Plazo de ejecución del programa. De acuerdo con el citado Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, y el PRTR, el plazo máximo para la ejecución del programa de bonos digitales concluye el 31 de diciembre de 2023.
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CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL Y PRODUCTIVA DEL SECTOR ARTESANO
El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el día 03 de Agosto de 2.022, la Resolución de 29/07/2022, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del sector artesano de Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2022. Extracto BDNS (Identif.): 641885. [2022/7249]
Objeto
y finalidad.
1. La
presente resolución tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a la
digitalización y a la promoción de la actividad comercial y productiva del
sector artesano de Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2022.
2. La
finalidad de estas subvenciones se encamina a promover la digitalización del
sector artesano, fomentar las actuaciones de promoción del mismo e incentivar
la inversión en talleres artesanos, de forma que se incremente su actividad
comercial y productiva, así como que se potencie su competitividad y
rentabilidad económica. Con todo ello se pretende, por un lado, propiciar la
continuidad de los oficios tradicionales con la preservación y recuperación de
sus técnicas, y por otro, fomentar las nuevas artesanías, impulsando así la
innovación del sector.
Las
líneas de subvención son las siguientes:
a)
Línea de digitalización del sector artesano. Tiene por objeto subvencionar actuaciones
destinadas a la transformación digital del sector, promoviendo el uso de nuevas
tecnologías, para fomentar la presencia en internet, el comercio electrónico o
la venta online, el desarrollo de aplicaciones informáticas o la creación de
plataformas para la mejora de la actividad.
b)
Línea de promoción del sector artesano. Tiene por objeto subvencionar
actuaciones que promuevan la comercialización de productos artesanos, así como
actuaciones que fomenten la visibilidad al sector en los distintos foros y
ámbitos en los que tenga presencia.
c)
Línea de inversión en talleres artesanos. Tiene por objeto subvencionar
actuaciones destinadas a modernizar los talleres artesanos, en aras a mejorar
su capacidad productiva, reactivar la actividad artesanal, promover la
innovación y fomentar la competitividad del sector.
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SUBVENCION DEL PROGRAMA ADELANTE COMERCIALIZACIÓN
El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el día 04 de Agosto de 2.022, La Resolución de 28/07/2022, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Comercialización, para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas de Castilla-La Mancha, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2022. Extracto BDNS (Identif.): 641823 [2022/7244]
Objeto.
Convocar para el ejercicio 2022, y dentro del Programa “Adelante
Comercialización”, la concesión de subvenciones para la línea de apoyo al
crecimiento en mercados nacionales y para la mejora de la posición competitiva
de las pymes, cuyo objeto es subvencionar los gastos de proyectos para la
participación de las pymes de Castilla-La Mancha, como expositor con stand
propio, en las ferias comerciales que se celebren dentro del territorio
nacional para la promoción de sus productos o servicios, e incentivar los
proyectos que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora
de la comercialización de sus productos o servicios
Beneficiarios:
La
categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) está
constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen
de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general
anual no excede de 43 millones de euros.
En
la categoría de las pymes, se define a una pequeña empresa como una empresa que
ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance
general anual no supera los 10 millones de euros.
En la
categoría de las pymes, se define a una microempresa como una empresa que ocupa
a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general
anual no supera los 2 millones de euros. 3.
Asimismo,
podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o
cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de
personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro,
realicen alguna actuación subvencionable conforme a esta orden y se encuentren
incluidas en alguna de las categorías determinadas en el apartado 2 en función
de las personas que ocupen y el volumen de negocios anual o el balance general
anual de que dispongan.
Plazo
de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de
dos meses a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el
Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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AQUÍ PARA MAS INFORMACIÓN.
BASES
https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2020/03/05/pdf/2020_1800.pdf&tipo=rutaDocmAYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DIRIGIDAS A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
El
Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el día 04 de Agosto de 2.022,
la Resolución de 29/07/2022, de la Dirección General de Vivienda, por la que se
convocan, para el año 2022, las ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas
a mujeres víctimas de violencia de género en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS
(Identif.): 641817. [2022/7240]
Personas
beneficiarias.
1.
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas, las mujeres víctimas de
violencia de género que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a)
Ser titular, en calidad de arrendataria de un contrato de arrendamiento de
vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Castilla -La Mancha. El contrato estará formalizado por escrito en los términos
previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
b)
Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente de la
arrendataria, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de
empadronamiento o en su defecto mediante declaración responsable en el que
conste que la persona solicitante tiene su domicilio habitual en la vivienda
objeto del contrato de arrendamiento. No se exige el domicilio fiscal en
Castilla -La Mancha debido a razones de movilidad geográfica y protección a las
víctimas.
c)
Que los ingresos de la solicitante no sean superiores a 3 veces el Iprem (14
pagas).
d)
Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de la vivienda objeto
de la ayuda no sea superior a 750 euros mensuales. No se incluirán los importes
del alquiler de los anexos vinculados, como garaje y trastero, si el contrato
detallara el importe de la renta de estos anexos ni otros gastos asociados a la
renta como la cuota de la comunidad de propietarios o suministros.
e)
Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y Suiza, o tener la residencia
legal en España para el caso de que la solicitante sea extranjera no
comunitaria.
f)
Mantener la condición de víctima de violencia de género para el periodo en que
se solicite la ayuda, en caso de que la solicitante no tenga la condición de
víctima de violencia de género durante todo el período subvencionable indicado
en la convocatoria, podrá subvencionarse la parte del mismo en que sí tenga
esta condición, siempre que se cumplan el resto de requisitos y condiciones.
Objeto.
Convocar, para el año 2022, las ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas
a mujeres víctimas de violencia de género en Castilla -La Mancha.
Plazo
de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será desde el día
siguiente a la publicación en el DOCM de la presente resolución de convocatoria
y hasta el 15 de diciembre de 2022.
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