Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores/as con las condiciones establecidas en el presente decreto.
Objeto e inversiones subvencionables:
El presente Decreto tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2020, la convocatoria de subvenciones a las empresas y entidades sin ánimo de lucro por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo, así como la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción
Plazo y forma de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2020, se extenderá desde el día siguiente a la publicación del Decreto, hasta el día 30 de octubre de 2020
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