Resolución
de 07/06/2021, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la
que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2021, para la
concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de
agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para
el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de
calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de
Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 568898.
[2021/7021]
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas
físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las
comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo
de lucro, que realice las contrataciones por tiempo indefinido con las
condiciones establecidas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del
mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con
cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha
2014-2020.
Objeto y
actuaciones subvencionables La presente resolución tiene por objeto
publicar los créditos disponibles, en el ejercicio 2021, para la
concesión de subvenciones r eguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de
agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para
el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de
calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de
Castilla-La Mancha 2014-2020.
Línea
1.- Ayudas para la contratación por tiempo indefinido de personas en
situación de desempleo. En esta línea son subvencionables los contratos
por tiempo indefinido o por tiempo indefinido fijos-discontinuos que
cumplan los siguientes requisitos: a) Que se formalicen con alguno de
los siguientes colectivos:
1º. Personas
desempleadas de larga duración que en el momento de la contratación se
encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las
oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
2º.
Personas mayores de 45 años, que en el momento de la contratación se
encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las
oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, y que hayan permanecido
inscritas en dichas oficinas como demandantes de empleo no ocupadas más
de seis meses en los últimos doce meses.
3º.
Personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas
como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de
Castilla-La Mancha y que como consecuencia de la crisis originada por el
COVID-19 han sido extinguidos sus contratos de trabajo. b) Que la
contratación sea a jornada completa.
Línea
2.- Ayudas para la transformación de contratos temporales en contratos
indefinidos. En esta línea son subvencionables la trans formación de los
contratos temporales en contratos por tiempo indefinido y a jornada
completa, que se formalice, como máximo, en los 5 primeros meses desde
la formalización del contrato inicial temporal, que se realice a jornada
completa y no se haya realizado como consecuencia de la actuación de la
Inspección de Trabajo. AÑO XL Núm. 111 14 de junio de 2021 22521
Línea
3.- Ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial
en contratos indefinidos a jornada completa. En esta línea es
subvencionable la conversión de los contratos a tiempo parcial
indefinidos, en contratos indefinidos a jornada completa. En todo caso
la conversión del contrato a tiempo parcial en contrato de jornada
completa deberá suponer un incremento de la jornada del trabajador de al
menos el 25%.
Plazo
y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de
solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM
del texto completo y del extracto de la Resolución y finalizará el 30 de
noviembre de 2021.
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