CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA PROMOCION DE LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA Y COMERCIAL A LA DIGITALIZACION DEL SECTOR ARTESANO ANTE LA CRISIS DE LA COVID-19

 


Resolución de 22/06/2021, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la COVID-19, para el ejercicio 2021. Extracto BDNS (Identif.): 571578. [2021/7634]

 

Objeto y finalidad. 1. La presente resolución tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la COVID-19, para el ejercicio 2021.

2. Con el fin de contribuir a la recuperación económica del sector artesano ante la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, la finalidad de estas subvenciones se encamina a la digitalización del sector artesano, a la inversión en talleres artesanos y a la promoción del mismo, de forma que se fomente su actividad productiva y comercial y se potencie su competitividad y rentabilidad económica. Con todo ello se pretende, por un lado, propiciar la continuidad de los oficios tradicionales con la preservación y recuperación de sus técnicas, y por otro, fomentar las nuevas artesanías, impulsando así la innovación del sector.

 

Personas o entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas:

a) En las líneas de digitalización y de promoción del sector artesano: las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas, así como las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica.

b) En la línea de inversión en talleres artesanos: las personas o entidades previstas en la letra a) anterior, a excepción de las asociaciones artesanas y federaciones de las mismas.

 

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https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2021/06/29/pdf/2021_7634.pdf&tipo=rutaDocm

 

 

Actividades beneficiarias

 

 

 

AYUDAS EMPRENDIMIENTO

 Si eres joven y tienes claro que quieres emprender, atento a lo que te contamos porque es muy interesante. Si quieres montar tu propio negocio, la EOI, Escuela de Organización Industrial, ofrece ayudas de 3.000 euros para el emprendimiento joven.


Montar tu negocio puede ser fácil si aprovechas las facilidades de la EOI, de lo cual tendrás tiempo hasta el 16 de julio,  ya que ese día finaliza el plazo de solicitud de la beca. Si tienes entre 16 y 29 años y estás apuntado al Sistema Nacional de Garantía Juvenil, podrás solicitar la beca de 3.000 euros.

El objetivo de esta ayuda económica es fomentar y ayudar en el inicio de la actividad emprendedora.  Las ayudas de la EOI para jóvenes incluyen los gastos de trámites iniciales, desarrollo, marketing, formación, gestorías y creación de páginas web.

¿Cómo solicitar la ayuda?

Se dará un mínimo de 83 ayudas a los jóvenes y la forma de solicitarlas será a través de la propia página web de la EOI, donde también se indican todos los procesos a seguir.

Según ha mencionado Pablo Velasco, director de proyectos, innovación, emprendedores y pymes de la Escuela de Organización Industrial, el programa combina formación a través de la plataforma MOOC junto con tutorías individualizadas para el desarrollo de proyectos emprendedores.

Para todas las personas que tengan dudas sobre cómo inscribirse a las ayudas, se facilita el siguiente correo ayudascontratacion@eoi.es

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2ª Convocatoria de ayudas al alquiler Covid-19

Real Decreto Ley 11/2020, de la Orden TMA 336/2020 y de la Resolución de 01/06/2021, de la Consejería de Fomento.

 

OBJETIVO

Conceder ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19 tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler.

Se podrá conceder desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.

En la solicitud de ayuda, se indicarán las fechas para las que se solicita cobertura de la ayuda que, como máximo será desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, periodo en el que deberá acreditar estar en situación de vulnerabilidad a consecuencia del COVID- 19.

 

CUANTÍA

100% de la renta mensual, con un máximo de 650€ al mes.

 

BENEFICIARIOS

Personas físicas que, en su condición de arrendatarias de vivienda habitual en Castilla-La Mancha, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19

 

REQUISITOS

Según el Real Decreto-ley 11/2020se considera que se estará en situación de VULNERABILIDAD ECONÓMICA a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 cuando concurren conjuntamente las siguientes circunstancias:

  1. Que la persona que esté obligada a pagar la renta de alquiler pase a estar en situación de:


  • desempleo,
  • Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE),
  • reducción de jornada por motivo de cuidados,
  • otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos de, al menos, el 40%, no alcanzando por ello el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud, los límites establecidos

 

  1. Que la renta mensual más gastos y suministros básicos. resulte superior o igual al 35 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.

RENTA MENSUAL + SUMINISTROS MARZO > 35% INGRESOS NETOS

 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUD

·         FORMA DE PRESENTACIÓN:

o   Presencial en las Delegaciones Provinciales de Fomento.

o   Mediante representante.

o   Telemática a través de formulario en sede electrónica https://www.jccm.es

o   Plazo de presentación desde el 14 de junio hasta el 11 de agosto de 2021

 

 

Para cualquier duda, puede consultar en https://vivienda.castillalamancha.es o en los teléfonos indicados más abajo:

 

Albacete. - Avda. de España, 8 B. Planta Tercera. - 967 558 100

Ciudad Real. - C/ Alarcos, 21. Edificio de usos múltiples. - 926 276 740

Cuenca. - C/ Fermín Caballero, 20. Estación de Autobuses. - 969 178 700

Guadalajara. - Avda. del Ejército 8. Planta Primera. - 949 885 000

Toledo. - C/Río Portiña, 2. - 925 267 070

CONVOCATORIA DE BECA DE COLABORACIÓN PARA LA IMPLEMENTACION , DESPLIEGUE Y MANTENIMIENTO DE LOS RECURSOS TECNOLOGICOS ASOCIADOS AL PROYECTO SMART ESI .

 


Extracto de 18/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de colaboración para la implementación, despliegue y mantenimiento de los recursos tecnológicos asociados al proyecto Smart ESI de la Escuela Superior de Informática de Ciudad Real de la Universidad de Castilla-La Mancha.

 

Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los/as estudiantes matriculados/as en la Escuela Superior de Informática (ESI) de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) durante el curso 2020/2021, siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios de Grado durante el período de disfrute de la beca.

 

 

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CONVOCATORIA DE BECA DE COLABORACION PARA LA CREACION , EDICION Y DIFUSIÓN DEL MATERIAL AUDIOVISUAL Y SOPORTE EN LAS ACTIVIDADES RELACIONAS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INFORMATICA DE CIUDAD REAL.


Extracto de 18/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de colaboración para la creación, edición y difusión del material audiovisual y soporte en las actividades relacionadas de la Escuela Superior de Informática de Ciudad Real de la Universidad de Castilla-La Mancha

 

Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los/as estudiantes matriculados/as en la Escuela Superior de Informática (ESI) de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) durante el curso 2020/2021, siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios de Grado durante el período de disfrute de la beca.

 

 

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CONVOCATORIA DE BECA DE COLABORACION PARA EL SOPORTE EN LAS ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y E-SPORT DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INFORMATICA DE CIUDAD REAL.

 

Extracto de 18/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de colaboración para el soporte en las actividades culturales, deportivas y e-sport de la Escuela Superior de Informática de Ciudad Real de la Universidad de Castilla-La Mancha.

 

Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los/as matriculados/as en la Escuela Superior de Informática (ESI) de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) durante el curso 2020/2021, siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios de Grado durante el período de disfrute de la beca.

 

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AYUDAS DESTINADAS A FAVORECES EL EMPLEO EN LAS CAMPAÑAS AGRARIAS EN CASTILLA LA MANCHA

Decreto 71/2021, de 15 de junio, por el que se regulan las ayudas destinadas a favorecer el empleo en las campañas agrarias de Castilla-La Mancha.

 

Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

 

Objeto y gastos subvencionables. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de ayudas a personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, tanto para el desplazamiento desde su domicilio de residencia habitual, hasta el lugar de realización de la actividad agraria, como para el alojamiento en el término municipal donde se sitúa dicha actividad, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

 

Crédito disponible y cuantía. La cuantía de las ayudas por la totalidad de los gastos subvencionables indicados será como máximo de 450 euros por mes y por persona beneficiaria, en función de los gastos que se justifiquen. En ningún caso el importe superará el coste real de los gastos, incluido impuestos, que al efecto se justifiquen.

 

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[MARKETING] Servicio gratuito de asesoramiento y formación en materia de igualdad de oportunidades

 

Fundación Mujeres ofrece un servicio gratuito de asesoramiento especializado a las empresas, a través del proyecto DANA+, cofinanciado por el Fondo Social Europeo -Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social (POISES)-.

Los servicios ofertados a empresas en 2021 incluyen la resolución de dudas y atención a consultas en materia de igualdad en la gestión de los recursos humanos, la facilitación de herramientas de apoyo (protocolos, formularios…) y la capacitación de las empresas para la implantación de actuaciones en igualdad. Todas las actuaciones se desarrollan de modo telemático.

Las áreas de gestión de recursos humanos acerca de las cuales se ofrece asesoramiento son:

  • Igualdad salarial y puesta en marcha de Registros salariales
  • Prevención e intervención ante situaciones de acoso sexual o por razón de sexo en las empresas
  • Comunicación incluyente: el uso no sexista de lenguaje e imágenes
  • Integración de la igualdad en los procesos de acceso y promoción
  • Conciliación de la vida laboral, familiar y personal
  • Protección y apoyo de las trabajadoras víctimas de la violencia de género
Si desea más información puede consultar este folleto, en el que aparece el enlace para la preinscripción y un correo electrónico para realizar consultas.

CONVOCATORIA DE BECA DEPARTAMENTO DE INGENIERIA CIVIL Y DE LA EDIFICACION DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA LA MANCHA

Extracto de 16/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, sobre convocatoria de una beca de colaboración para identificación sistemática de las características de las áreas en las ciudades susceptibles de mejora a través de estrategias de urbanismo táctico. Departamento de Ingeniería Civil y de la Edificación de la Universidad de Castilla-La Mancha. Año 2021.

 

Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los/as estudiantes matriculados/as en enseñanza oficial del Grado en Ingeniería Civil y de la Edificación de la Universidad de Castilla-La Mancha, durante el curso 2020/2021 y 2021/2022, siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios durante el período de disfrute de la beca.

 

 

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SUBVENCIONES PARA CORTOMETRAJES EN CLM

 La Consejería de Educación, Cultura y Deportes convoca las subvenciones destinadas a la producción de cortometrajes cinematográficos en Castilla-La Mancha para el año 2021. Plazo: 28 de junio.

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PRODUCCION DE LARGOMETRAJE EN CASTILLA LA MANCHA.


Orden 85/2021, de 10 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la producción de largometrajes en Castilla-La Mancha.

 

Objeto. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la producción de largometrajes de ficción, documental o de animación en Castilla-La Mancha.

 

 

Entidades beneficiarias y requisitos.

1. Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden, las personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual, que tengan la condición de independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.

2. No podrán acceder a la condición de entidad beneficiaria las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. Se excluye de la anterior excepción a las Agrupaciones de Interés Económico (AIE).

3. Tendrán la consideración de coproducción los proyectos presentados conjuntamente por dos o más productoras. La empresa solicitante deberá tener una participación como mínimo de un 20% en el coste total de la coproducción y deberá cumplir con los demás requisitos que se exigen a las entidades solicitantes para ser beneficiarias de la ayuda. De darse esta circunstancia, deberán constar los compromisos asumidos por cada entidad respecto al proyecto presentado, así como la persona que se designe como representante único.

 

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SUBVENCIONES DESTINADAS A ESTIMULAR EL MERCADO DE TRABAJO Y FOMENTAR EL EMPLEO ESTABLE Y DE CALIDAD.

 Objeto: concesión directa de subvenciones para estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020


Beneficiarios/requisitos/ líneas de ayuda/ ayudas:

Línea de ayuda Requisitos Cuantía de la ayuda






Ayudas a contratación indefinida o fijo –discontinuos. Personas desempleadas de larga duración. Menor de 30 años: 5.600 €
Edad entre 30 y 44: 5.300 €
Entre 45 años y 51 años: 5.600 €
De 52 años en adelante: 6.000 €
Si es mujer
500 € más.
Personas mayores de 45 años e inscritas (como no ocupado demandante) 6 meses de los doce últimos.
Hombre: 5.140 €
Mujer: 5.640 €
Personas inscritas como demandantes de empleo , no ocupadas y han perdido el empleo como consecuencia de COVID-19
Hombre: 5.140 €
Mujer: 5.640 €
Todas estas ayudas se podrán incrementar en 700 € o en 1.000  €,(ver art. 11)
Ayudas para transformación de contratos temporales en indefinidos. Cómo máximo en los 5 primeros meses desde la formalización del contrato temporal inicial.
Menores de 30 años: 5.300 €
Entre 30  y 44 años: 4.000 €
Mayores de 44 años: 5.300 €
Todas estas ayudas se podrán incrementar en 700 € o en 1.000  €,(ver art. 13)
Ayudas de conversión de contratos indefinidos a jornada parcial en indefinidos a jornada completa. Debe suponer un incremento del la jornada del trabajador de al menos el 25%
2.500 €
Todas estas ayudas se podrán incrementar en 1.000  €,(ver art. 15)

Normativa:
Resolución de 07/06/2021, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2021, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020. (DOCM nº 111, de 14 de junio de 2021)

Plazo Solicitud:
Desde el 15 de junio al 30 de noviembre de 2021. A través del formulario en sede electrónica, pincha aquí para acceder al formulario.


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CONVOCATORIA DE BECA DE COLABORACION PARA LA GESTION DEL PROGRAMA GENERACION ON EN EL CAMPUS DE CIUDAD REAL.

 


Extracto de 08/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de colaboración para la gestión del Programa Generación ON en el Campus de Ciudad Real. Unidad de Promoción de Empleo y Relaciones con Empresas. Vicerrectorado de Innovación, Empleo y Emprendimiento. Universidad de Castilla-La Mancha. Año 2021. BDNS (Identif.): 568552. [2021/7015]

 

Primero. Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los/las matriculados/as en estudios de Grado en la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) durante el curso 2020/2021, siendo necesario que el estudiante o la estudiante continúe con sus estudios de Grado durante el período de disfrute de la beca.

 

 

Objeto. Se dota una ayuda económica para una beca de colaboración destinada en la oficina del campus de Ciudad Real del Centro de Información y Promoción del Empleo (CIPE) con el objetivo es que el becario adquiera conocimientos de la organización y funcionamiento del CIPE mediante su ayuda en el desarrollo del programa de talento Generación ON, 6ª edición, desarrollado por la UCLM, colaborando en la difusión de información y publicidad del programa, el desarrollo de actividades de formación y desarrollo de competencias para el empleo, el contacto con empresas que ofertan prácticas y la gestión administrativa de prácticas.

La actividad que conlleva esta beca se realizará desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, con una dedicación global de 15 horas semanales. El mes de agosto se considera inhábil a todos los efectos

 

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 14 de junio de 2021 hasta las 14:00 horas del 25 de junio de 2021.

 

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SUBVENCIONES DE APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y LAS EMPRESAS DE LA JCCM.

 DECRETO 64/2021, DE 1 DE JUNIO, DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y LAS EMPRESAS, EN EL MARCO DE LA LÍNEA COVID DEL REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO, DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA PANDEMIA DE LA COVID-19. (DOCM nº 108, de 9 de junio de 2021)

Objeto:

Regular la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado de autónomos (empresarios y profesionales) y empresas en los sectores más afectados por la crisis derivada de la expansión del COVID-19

Beneficiarios:
Empresas no financieras y autónomos afectados por la pandemia COVID-19, adscritos a los sectores subvencionables (Anexos I) y que desarrollen una actividad económica en Castilla La Mancha

Requisitos y obligaciones:
* Estar dados de alta en una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas previstos en el Anexo I del presente decreto, haber realizado durante 2019 y 2020 al menos una de las actividades previstas en los códigos de la CNAE determinados y continuar en su ejercicio en el momento de la solicitud.
* Tener una caída de más de un 30% en el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido en 2020 con respecto a 2019, salvo para las empresas que se hayan dado de alta entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020, aplicar el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en 2019 o 2020, en su caso.

Los beneficiarios estarán obligados a:
* Aplicar la ayuda a satisfacer la deuda y realizar los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos.
* Mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.
* No repartir dividendos durante 2021 y 2022.
* No aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante dos años desde la concesión de la ayuda.

Tipos de Ayuda:
La cuantía de la ayuda será coincidente con el importe de la deuda y costes fijos incurridos devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, con los límites siguientes:
* Los empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva de tributación por módulos en el IRPF, el límite máximo de ayuda será de 3.000 €.
* El resto de empresarios y profesionales el importe mínimo de ayuda es de 4.000 € y el cálculo de la ayuda se realiza en base al nivel de caída del volumen de operaciones en el año 2020 con respecto al año 2019.

Gastos subvencionables:
* Deuda y los gastos subvencionables que estén pendientes de pago con proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, que se haya devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y que proceda de contratos o facturas anteriores a 13 de marzo de 2021.
* En ningún caso se consideran subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación.

Plazo de solicitud y forma:
Un mes desde el día siguiente a la convocatoria en el DOCM,  hasta 9 de julio de 2021.
A través de la sede electrónica:

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AMPLIACION DE PLAZO  PARA SOLICITUD DE CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIION PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCION  DEL ENDEUDAMIENTO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTONOMAS Y LAS EMPRESAS.

Decreto 82/2021, de 6 de julio, por el que se modifica el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la Línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. [2021/8173]

 

1. Podrán presentarse solicitudes desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo del presente decreto y de su extracto hasta el 30 de julio de 2021.”

 

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Solicitud:
* Documentación válida en derecho que acredite de manera fidedigna la representación legal, en su caso.
* En el caso de solicitantes que hayan declarado un rendimiento neto o base imponible negativa en el ejercicio 2019, deben aportar escrito o documentación justificativa de que han incurrido en las causas de excepcionalidad, así como las declaraciones del IRPF, Impuesto de Sociedades o Impuesto sobre la renta de no Residentes de los ejercicios 2017 y 2018, en su caso, que habrán de recoger rendimientos netos o bases imponibles positivas.
* En caso de que el solicitante no autorice expresamente la cesión de datos necesarios para la concesión de las ayudas, que se prevén en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, deberá aportar los documentos indicados en el art. 10.5.c). (SE RECOMIENDA AUTORIZAR LA CONSULTA DE ESTOS DOCUMENTOS EN SU SOLICITUD)

Justificación:
Hasta el 31 de diciembre de 2021.
Documentación:
* Presentación de una cuenta justificativa simplificada en la que se incluya una relación clasificada de los pagos realizados para satisfacer la deuda y los gastos y costes fijos, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago.
* No obstante, el beneficiario está obligado a conservar la documentación justificativa (facturas y documentos análogos) y aportarla si es requerido para ello en la fase de verificación de la ayuda o para cualquier control financiero posterior.
*  Cuándo el importe de la ayuda sea superior a 60.000 €, el beneficiario deberá presentar, además, las facturas y pagos correspondientes.

 

CONVOCATORIA DE BECA DE COLABORACION PARA LA MEJORA Y OPTIMACION DE LAS PAGINAS WEB ASOCIADAS A ETS INGENIERIAS DE CAMINOS , CANALES Y PUERTOS.

 


Extracto de 08/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de beca de colaboración para la mejora y optimización de las páginas web asociadas a la ETS de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de Castilla-La Mancha 2021.

 

Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes matriculados en enseñanza oficial del Grado de Ingeniería Informática de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) durante el curso 2020/2021 siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios de Grado durante el período de disfrute de la beca.

 

Objeto. Se dotan ayudas económicas para una beca de colaboración para el apoyo en la mejora, optimización y actualización continua de las páginas webs asociadas a la E.T.S. de Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos (ETSICCP) de la UCLM. La actividad que conlleva esta beca se realizará desde el día 1 de julio de 2021 hasta el 14 de diciembre de 2021, con una dedicación global de 9,5 horas semanales. El mes de agosto se considera inhábil a todos los efectos.

 

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CONVOCAN SUBVENCION DESTINADAS A LA PRODUCCION DE CORTOMETRAJES CINEMATROGRAFICOS EN CASTILLA LA MANCHA.


Resolución de 02/06/2021, de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la producción de cortometrajes cinematográficos en Castilla-La Mancha para el año 2021.

 

Primero. Entidades beneficiarias. Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, cuyo objeto social sea la producción cinematográfica y/o audiovisual, que tengan la condición de independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine y que cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 140/2020 de 20 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

 

Objeto. Financiar los gastos de la producción de cortometrajes para el fomento de la industria cinematográfica y audiovisual en Castilla-La Mancha, tanto para cortometrajes sobre proyecto como para cortometrajes realizados.

 

Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) y será suscrita por la persona física o el representante de la entidad solicitante de la ayuda.

2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

 

 

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CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA EL ESTIMULO DEL MERCADO DE TRABAJO Y EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE.

 

Resolución de 07/06/2021, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2021, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 568898. [2021/7021]

 

Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, que realice las contrataciones por tiempo indefinido con las condiciones establecidas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

Objeto y actuaciones subvencionables La presente resolución tiene por objeto publicar los créditos disponibles, en el ejercicio 2021, para la concesión de subvenciones r eguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

Línea 1.- Ayudas para la contratación por tiempo indefinido de personas en situación de desempleo. En esta línea son subvencionables los contratos por tiempo indefinido o por tiempo indefinido fijos-discontinuos que cumplan los siguientes requisitos: a) Que se formalicen con alguno de los siguientes colectivos:

1º. Personas desempleadas de larga duración que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

2º. Personas mayores de 45 años, que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, y que hayan permanecido inscritas en dichas oficinas como demandantes de empleo no ocupadas más de seis meses en los últimos doce meses.

3º. Personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y que como consecuencia de la crisis originada por el COVID-19 han sido extinguidos sus contratos de trabajo. b) Que la contratación sea a jornada completa.

Línea 2.- Ayudas para la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos. En esta línea son subvencionables la trans formación de los contratos temporales en contratos por tiempo indefinido y a jornada completa, que se formalice, como máximo, en los 5 primeros meses desde la formalización del contrato inicial temporal, que se realice a jornada completa y no se haya realizado como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo. AÑO XL Núm. 111 14 de junio de 2021 22521

Línea 3.- Ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa. En esta línea es subvencionable la conversión de los contratos a tiempo parcial indefinidos, en contratos indefinidos a jornada completa. En todo caso la conversión del contrato a tiempo parcial en contrato de jornada completa deberá suponer un incremento de la jornada del trabajador de al menos el 25%.

 

Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto de la Resolución y finalizará el 30 de noviembre de 2021.

 

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CONVOCATORIA DE UNA BECA DE COLABORACION PARA TAREAS DE MEDICIONES Y TOMA DE DATOS EN EL GRUPO DE INVESTIGACION


Extracto de 04/06/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, de la convocatoria de una beca de colaboración para tareas de mediciones y toma de datos en el grupo de investigación en modelización y análisis energético y estructural en edificación y obra civil. Departamento de Ingeniería Civil y de la Edificación de la Universidad de Castilla-La Mancha.

 

Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas los/as estudiantes matriculados/as en enseñanza oficial de cualquier Grado en Ingeniería de la Universidad de Castilla-La Mancha, durante el curso 2020/2021, siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios durante el período de disfrute de la beca.

 

Objeto. Se dotan ayudas económicas para una beca de colaboración cuya finalidad es que el becario adquiera conocimientos prácticos sobre montaje de kits de sensores de humedad, temperatura, CO2 con arduino, mediciones in situ y programación para visualización de resultados on line mediante Phyton y HTML5 (o similar) colaborando/apoyando en tareas de mediciones y toma de datos en el grupo de investigación en Modelización y Análisis Energético y Estructural en edificación y obra civil. La actividad que conlleva la beca se realizará desde el 15 de junio de 2021 hasta el 31 de julio de 2021, con una dedicación global de 21 horas semanales.

 

Cuantía de las ayudas. El presupuesto de esta convocatoria asciende a 684 euros. La dotación individual de la beca es de 456 Euros brutos mensuales.

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de publicación hasta las 14 horas del 14 de junio de 2021.

 

 

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AYUDAS PARA CONTRIBUIR A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONOMICO Y SOCIAL DEL COVID-19 EN ALQUILERES DE VIVIENDA HABITUAL.


Resolución de 01/06/2021, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan las ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se establecen las reglas de gestión, concesión y pago de las citadas ayudas.

 

Personas beneficiarias. Las personas físicas que, en su condición de personas arrendatarias de vivienda habitual en Castilla-La Mancha, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19

 

Objeto. La concesión de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID–19 tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler.

También, incluye en su objeto la concesión de ayudas para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 y contraídas por personas arrendatarias de vivienda habitual, a cuya devolución no pudieran hacer frente

Se podrá conceder desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.

 

Cuantía. Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda del 100% de la renta mensual, que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 650,00 € de ayuda y se podrá conceder desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.

Esta cuantía no se minorará en el caso de existir otros titulares del contrato de arrendamiento. En el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decretoley 11/2020, la ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 3.900 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual.

 

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la presente Resolución.

 

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CONCESION DIRECTA DE AYUDAS DESTINADAS A PERSONAS AFECTADAS POR UN ERTE CON MOTIVO DE COVID-19 Y QUE HAN PERDIDO SU PUESTO DE TRABAJO CON POSTERIORIDAD A SU FINALIZACION

 

Decreto 62/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a personas afectadas por un ERTE con motivo del COVID-19 y que han perdido su puesto de trabajo con posterioridad a su finalización.

 

Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las personas que habiendo sido afectadas por un ERTE, como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, han perdido su puesto de trabajo con posterioridad a su finalización y que están recibiendo un subsidio por desempleo o una prestación contributiva cuyo importe mensual se sitúa por debajo del importe del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de la solicitud, generados tras la extinción de su contrato de trabajo o han agotado dicha prestación contributiva o subsidio.

Podrán ser beneficiarios tanto las personas que tuvieran un contrato indefinido, como para los contratos de duración determinada previstos en el artículo 15.1.a) o b) del Estatuto de los Trabajadores, siempre que, en este último caso, hayan tenido una duración de, al menos, un año en la misma empresa y que, en ambos casos, la extinción se deba a causas objetivas y no hayan transcurrido más de seis meses desde la finalización del ERTE.

 

Objeto El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una ayuda económica a aquellas personas que, habiendo sido afectadas por un ERTE como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, han perdido su puesto de trabajo en un plazo no superior a seis meses desde la finalización del mismo

 

La cuantía de la ayuda a percibir, en modalidad de pago único, será de 300 euros si la persona beneficiaria no tiene hijos a cargo y de 400 euros si tiene uno o más hijos a cargo

 

1. El plazo de presentación de solicitudes para 2021, se extiende desde el día siguiente a la publicación del Decreto hasta el 31 de octubre de 2021, teniendo en cuenta lo siguiente: AÑO XL Núm. 110 11 de junio de 2021 22379

a) El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la extinción del contrato.

b) Cuando dicha extinción se hubiera producido en el período comprendido desde la declaración del estado de alarma, llevada a cabo por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y el día de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de este decreto, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo

 

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