AYUDAS PARA CONTRIBUIR A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONOMICO Y SOCIAL DEL COVID-19 EN ALQUILERES DE VIVIENDA HABITUAL.


Resolución de 01/06/2021, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan las ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual del Plan estatal de vivienda 2018-2021, y se establecen las reglas de gestión, concesión y pago de las citadas ayudas.

 

Personas beneficiarias. Las personas físicas que, en su condición de personas arrendatarias de vivienda habitual en Castilla-La Mancha, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19

 

Objeto. La concesión de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID–19 tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler.

También, incluye en su objeto la concesión de ayudas para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 y contraídas por personas arrendatarias de vivienda habitual, a cuya devolución no pudieran hacer frente

Se podrá conceder desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.

 

Cuantía. Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda del 100% de la renta mensual, que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 650,00 € de ayuda y se podrá conceder desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.

Esta cuantía no se minorará en el caso de existir otros titulares del contrato de arrendamiento. En el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decretoley 11/2020, la ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 3.900 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual.

 

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la presente Resolución.

 

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