El
Diario Oficial de Castilla la Mancha, ha publicado el día 17 de
Diciembre de 2.021, La Resolución de 10/12/2021, de la Dirección General
de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas
destinadas a la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista de
Castilla-La Mancha ante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
para el ejercicio 2021. Extracto BDNS (Identif.): 599912. [2021/13203]
Objeto
y finalidad. La presente resolución tiene por objeto convocar las
ayudas destinadas a la recuperación y fortalecimiento del comercio
minorista de Castilla-La Mancha ante la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19, para el ejercicio 2021, con la finalidad de promocionar,
reactivar y potenciar la actividad comercial minorista de nuestra
región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo
en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.
Líneas de ayuda y cuantía de la subvención.
1. Las líneas de ayuda subvencionables al amparo de la presente convocatoria son las siguientes:
a)
Línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista:
Esta línea tiene por objeto la realización de proyectos que refuercen la
seguridad del establecimiento comercial minorista en la lucha contra el
COVID-19, la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista,
destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento
de la presencia en internet a través del comercio electrónico, y apoyar
al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les
produzcan un valor añadido y mejoren su competitividad.
b)
Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por
objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes y federaciones de
las mismas para coordinar las diversas actividades conjuntas de los
establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos
reactiven o afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos
una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.
Plazo y forma de presentación de las solicitudes
Las
solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su
extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Gastos y actuaciones subvencionables.
1. Podrán ser objeto de subvención los gastos generados por la realización de las siguientes actuaciones:
a) Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
b)
Inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas,
o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso
de personas con movilidad reducida y las obras imprescindibles para
estas actuaciones.
c) Adquisición del
equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados
necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios
para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los
establecimientos.
d) Adquisición, instalación y
montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la
gestión empresarial, incluyendo los ordenadores portátiles, así como la
inversión en terminales de puntos de venta, balanzas electrónicas y
similares.
e) Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial.
f) Desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico (e-commerce).
g) Elaboración de un plan de transformación digital. AÑO XXXIX Núm. 234 19 de noviembre de 2020 50427
h)
Elaboración y ejecución de un plan de promoción online: posicionamiento
de la página web, campañas de marketing online, participación en ferias
virtuales o mercados digitales.
i) Gestión de perfiles en redes sociales realizada por un Community Manager.
j)
Adquisición y montaje de elementos de seguridad, tales como mamparas,
máquinas de desinfección o dispensadores de gel hidroalcohólico, para
hacer frente al COVID-19.
k) Obtención de una
certificación, norma o distintivo homologado que acredite que el
establecimiento comercial cumple los requisitos mínimos de seguridad
frente al COVID-19
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BASES