El Diario Oficial de Castilla la Mancha, ha publicado el día 17 de Diciembre de 2.021, La Resolución de 10/12/2021, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista de Castilla-La Mancha ante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para el ejercicio 2021. Extracto BDNS (Identif.): 599912. [2021/13203]
Objeto y finalidad. La presente resolución tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista de Castilla-La Mancha ante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para el ejercicio 2021, con la finalidad de promocionar, reactivar y potenciar la actividad comercial minorista de nuestra región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.
Líneas de ayuda y cuantía de la subvención.
1. Las líneas de ayuda subvencionables al amparo de la presente convocatoria son las siguientes:
a) Línea para la recuperación y fortalecimiento del comercio minorista: Esta línea tiene por objeto la realización de proyectos que refuercen la seguridad del establecimiento comercial minorista en la lucha contra el COVID-19, la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico, y apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un valor añadido y mejoren su competitividad.
b) Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos reactiven o afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.
Plazo y forma de presentación de las solicitudes
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Gastos y actuaciones subvencionables.
1. Podrán ser objeto de subvención los gastos generados por la realización de las siguientes actuaciones:
a) Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
b) Inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas, o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de personas con movilidad reducida y las obras imprescindibles para estas actuaciones.
c) Adquisición del equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los establecimientos.
d) Adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la gestión empresarial, incluyendo los ordenadores portátiles, así como la inversión en terminales de puntos de venta, balanzas electrónicas y similares.
e) Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial.
f) Desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico (e-commerce).
g) Elaboración de un plan de transformación digital. AÑO XXXIX Núm. 234 19 de noviembre de 2020 50427
h) Elaboración y ejecución de un plan de promoción online: posicionamiento de la página web, campañas de marketing online, participación en ferias virtuales o mercados digitales.
i) Gestión de perfiles en redes sociales realizada por un Community Manager.
j) Adquisición y montaje de elementos de seguridad, tales como mamparas, máquinas de desinfección o dispensadores de gel hidroalcohólico, para hacer frente al COVID-19.
k) Obtención de una certificación, norma o distintivo homologado que acredite que el establecimiento comercial cumple los requisitos mínimos de seguridad frente al COVID-19
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