CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA EL ESTIMULO DEL MERCADO DE TRABAJO Y EL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE.

 

Resolución de 07/06/2021, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se publican los créditos disponibles en el ejercicio 2021, para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020. Extracto BDNS (Identif.): 568898. [2021/7021]

 

Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro, que realice las contrataciones por tiempo indefinido con las condiciones establecidas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

Objeto y actuaciones subvencionables La presente resolución tiene por objeto publicar los créditos disponibles, en el ejercicio 2021, para la concesión de subvenciones r eguladas en el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

 

Línea 1.- Ayudas para la contratación por tiempo indefinido de personas en situación de desempleo. En esta línea son subvencionables los contratos por tiempo indefinido o por tiempo indefinido fijos-discontinuos que cumplan los siguientes requisitos: a) Que se formalicen con alguno de los siguientes colectivos:

1º. Personas desempleadas de larga duración que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.

2º. Personas mayores de 45 años, que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, y que hayan permanecido inscritas en dichas oficinas como demandantes de empleo no ocupadas más de seis meses en los últimos doce meses.

3º. Personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha y que como consecuencia de la crisis originada por el COVID-19 han sido extinguidos sus contratos de trabajo. b) Que la contratación sea a jornada completa.

Línea 2.- Ayudas para la transformación de contratos temporales en contratos indefinidos. En esta línea son subvencionables la trans formación de los contratos temporales en contratos por tiempo indefinido y a jornada completa, que se formalice, como máximo, en los 5 primeros meses desde la formalización del contrato inicial temporal, que se realice a jornada completa y no se haya realizado como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo. AÑO XL Núm. 111 14 de junio de 2021 22521

Línea 3.- Ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa. En esta línea es subvencionable la conversión de los contratos a tiempo parcial indefinidos, en contratos indefinidos a jornada completa. En todo caso la conversión del contrato a tiempo parcial en contrato de jornada completa deberá suponer un incremento de la jornada del trabajador de al menos el 25%.

 

Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto de la Resolución y finalizará el 30 de noviembre de 2021.

 

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