Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la Líneas 1, 2 y 3 las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones por tiempo indefinido con las condiciones establecidas en el presente decreto.
Objeto y actuaciones subvencionables:
El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a favorecer el empleo estable y de calidad, a través de la contratación laboral indefinida inicial, de la transformación de contratos temporales en indefinidos y de la conversión de los contratos a tiempo parcial en contratos a jornada completa siempre que se trate de un contrato formalizado por tiempo indefinido. Para ello, el decreto prevé tres líneas de ayudas:
Plazo y forma de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto del Decreto y finalizará el 30 de noviembre de 2020.
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