SUBVENCION DEL PROGRAMA ADELANTE COMERCIALIZACIÓN

 El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el día 04 de Agosto de 2.022, La Resolución de 28/07/2022, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Comercialización, para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas de Castilla-La Mancha, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2022. Extracto BDNS (Identif.): 641823 [2022/7244]

 

Objeto. Convocar para el ejercicio 2022, y dentro del Programa “Adelante Comercialización”, la concesión de subvenciones para la línea de apoyo al crecimiento en mercados nacionales y para la mejora de la posición competitiva de las pymes, cuyo objeto es subvencionar los gastos de proyectos para la participación de las pymes de Castilla-La Mancha, como expositor con stand propio, en las ferias comerciales que se celebren dentro del territorio nacional para la promoción de sus productos o servicios, e incentivar los proyectos que tengan como objetivo la apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios

 

Beneficiarios:

 La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

 En la categoría de las pymes, se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

En la categoría de las pymes, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros. 3.

 

Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable conforme a esta orden y se encuentren incluidas en alguna de las categorías determinadas en el apartado 2 en función de las personas que ocupen y el volumen de negocios anual o el balance general anual de que dispongan.

 

 

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

 

 

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BASES  

https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2020/03/05/pdf/2020_1800.pdf&tipo=rutaDocm