CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES PRIVADAS SIN ANIMO DE LUCRO PARA SERVICIOS EN MATERIA SOCIOSANITARIA PARA EL 2023

 


 

Resolución de 17/03/2023, de la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades y la prestación de servicios en materia sociosanitaria para el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 682923. [2023/2727]

Beneficiarios. Podrán concurrir a la convocatoria de estas subvenciones las asociaciones de pacientes y de personas afectadas por patologías crónicas y entidades privadas con naturaleza jurídica propia, sin ánimo de lucro, válidamente constituidas

Objeto. La presente resolución tiene como objeto la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Castilla-La Mancha, para financiar la realización de programas de interés sociosanitario destinados a personas con enfermedades crónicas.

Se considerarán programas o servicios subvencionables aquellos desarrollados en Castilla-La Mancha dirigidos a personas con enfermedades crónicas:

-Programas de cuidados asistenciales y/o rehabilitadores.

-Programas de promoción, prevención de la enfermedad, información, asesoramiento, sensibilización y divulgación.

-Programas de formación y capacitación de pacientes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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SUBVENCIÓN DEL PROGRAMA ADELANTE DIGITALIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2023


Resolución de 20/03/2023, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del Programa Adelante Digitalización, para la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para el ejercicio 2023. Extracto BDNS (Identif.): 682737. [2023/2669]

Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes, de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que realicen alguna actuación subvencionable conforme a lo dispuesto en la Orden 164/2018, de 5 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y la presente resolución.

Objeto. La presente resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2023, y dentro del Programa “Adelante Digitalización”, las  líneas de subvención que se detallan en esta resolución.

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

       

BASES PROGRAMA ADELANTE DIGITALIZACIÓN. 

 

CONVOCATORIA 2023

AYUDAS DEL PROGRAMA CASTILLA LA MANCHA MAS SEGURA PARA EL EJERCICIO 2023

 


Resolución de 14/03/2023, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023. Extracto BDNS (Identif.): 682283. [2023/2539]

Beneficiarios Las personas físicas, las personas jurídicas privadas con ánimo de lucro, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las agrupaciones de cualquiera de ellas, siempre que todas tengan personas trabajadoras por cuenta ajena. Y, también, las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad jurídica y tengan personas trabajadoras por cuenta ajena.

Objeto. Convocar las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2023.

Línea 1 Inversión PRL. Esta línea tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en instalaciones y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud de los centros de trabajo, incluidos los proyectos de prevención y protección frente al riesgo biológico de contagio por COVID-19.

Línea 2 Certifica PRL. Esta línea tiene por objeto promover la implantación y certificación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, así como la renovación de esta certificación.

Línea 3 Evaluación PRL. Esta línea tiene por objeto facilitar la evaluación de los riesgos derivados de la exposición por inhalación a agentes químicos peligrosos, que incluyan la medición de las concentraciones del agente en el aire.

Línea 4 Investigación PRL. Esta línea tiene por objeto promover el desarrollo de proyectos de investigación orientados a la mejora de las condiciones de seguridad y salud Laboral.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes. Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO DE CARÁCTER CULTURAL DE LA PROVINCIA DE TOLEDO, DURANTE EL AÑO 2023


Beneficiarios: Entidades Culturales de la provincia de Toledo. No podrán acogerse a esta convocatoria, las entidades sin ánimo de lucro consideradas destinatarias de otras convocatorias de subvenciones del Área de Educación, Cultura, Igualdad y Bienestar Social, tales como las subvenciones para asociaciones de jubilados, para asociaciones de mujeres, para asociaciones juveniles o para asociaciones musicales.

Objeto Concesión de subvenciones a favor de las Entidades Privadas sin ánimo de lucro de carácter cultural de la provincia de Toledo destinadas a financiar los gastos que se generen, durante la anualidad 2023, en materia de actividades culturales

Plazo de Presentación de Solicitudes Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Toledo.

 

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SUBVENCIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN MATERIA DE CONSUMO RESPONSABLE.

Resolución de 13/03/2023, de la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, por la que se aprueba la convocatoria para 2023 de concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos en materia de consumo responsable realizados por entidades sin ánimo de lucro. Extracto BDNS (Identif.): 681623. [2023/2358]

Entidades Beneficiarias. Serán entidades beneficiarias de la presente convocatoria las entidades con personalidad jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, para proyectos a desarrollar en el ámbito de Castilla-La Mancha.

Objeto. Convocar para el año 2023 subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de proyectos de consumo responsable, realizados por entidades sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha.

Séptimo. Actividades subvencionables y periodo de ejecución. Podrán ser objeto de subvención la realización de proyectos e iniciativas de consumo responsable que aparecen en este apartado.

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BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE AYUDAS A INVERSIONES MATERIALES E INMATERIALES EN INSTALACIONES VITIVINÍCOLAS.

 


Orden 48/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (Vinati), dentro de la intervención sectorial vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el período 2024-2027 y se establece su convocatoria para todo el período. Extracto BDNS (Identif.): 681079. [2023/2301]

Personas beneficiarias. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden las entidades que deseen acometer inversiones en transformación y/o comercialización en sus instalaciones, o inversiones en comercialización en instalaciones desvinculadas físicamente de la bodega, y sean de alguno de los tipos siguientes:

a) Empresas vitivinícolas constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen productos vitivinícolas o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización.

b) Organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, y sus asociaciones.

c) Asociaciones de dos o más productores de productos vitivinícolas, con personalidad jurídica y constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

d) Organizaciones interprofesionales. e) Organizaciones profesionales.

Objeto La presente orden tiene por objeto precisar las bases reguladoras de las ayudas en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (Vinati) que se contienen en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, para la aplicación de los tipos de intervención dentro de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español, para el periodo 2024 a 2027, y convocar, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para todo el período.

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 1 de diciembre de cada año y finalizará el 31 de enero del año siguiente, salvo para la primera convocatoria de ayudas, para la que el plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el día siguiente a la publicación de la presente orden y finalizará el 1 de abril de 2023.

Acciones y gastos subvencionables.

1. Se considerarán subvencionables los costes de las siguientes acciones:

a) Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.

b) Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto. Dentro de estos gastos quedan incluidas las inversiones en activos materiales consistentes en sistemas que generen energía, siempre que la cantidad de energía anual generada no supere la cantidad de energía consumida anualmente en las instalaciones objeto de la inversión.

c) Gastos administrativos vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b, tales como honorarios de arquitectura, ingeniería y asesoría, así como estudios de viabilidad.

d) La adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas

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AYUDAS SOCIALES PARA DESARROLLO RURAL FUNDACIÓN EUROCAJA RURAL

 

Desde Fundación Eurocaja Rural se ha puesto en marcha una nueva convocatoria de Ayuda Sociales para Proyectos de Desarrollo Rural.

Colaboración con proyectos que permitan en el ámbito rural:

  • FIJAR POBLACIÓN
  • CREAR OPORTUNIDADES PARA LOS JÓVENES, FOMENTANDO EL RELEVO GENERACIONAL Y LA CREACIÓN DE EMPLEO
  • PROYECTOS QUE PROMUEVAN LA IGUALDAD DE LA MUJER RURAL
  • FAVORECER EL CUIDADO Y LA AUTONOMÍA DE NUESTROS MAYORES
  • ELIMINAR BARRERAS DE CONEXIÓN Y REDUCIR LA BRECHA ENTRE LOS NÚCLEOS RURALES Y URBANOS.

 

El plazo para la presentación de proyectos finaliza el próximo 17 de abril.

Puedes encontrar toda la información y el formulario de inscripción en la web: https://eurocajarural.fun/actividades/ayudas-desarrollo-rural-2023/

Si tienes cualquier duda contacta a través del correo electrónico fundacion@eurocajarural.es