CONCESION DIRECTA DE SUBVENCION PARA LA INSERCION LABORAL DE PERSONAS CONDISCAPACIDAD EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO.

Decreto 112/2022, de 11 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Extracto BDNS (Identif.):653466. [2022/9588]

Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionables de las líneas de subvención mencionadas en el artículo 3, con las condiciones establecidas en el presente decreto.

Objeto e inversiones subvencionables.

1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a:

a) Fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

b) Adaptar sus puestos de trabajo, dotar de equipos de protección personal y eliminar las barreras u obstáculos, que impidan o dificulten su trabajo.

c) Favorecer el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo, mediante la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad, que presentan especiales dificultades para el acceso al mismo.

d) Favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades, mediante actividades de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, prestados por personal preparador laboral especializado.

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