BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA PERSONAS AFECTADAS POR LA ENFERMEDAD CELÍACA .

 


Orden 80/2023, de 17 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones y se convocan ayudas económicas en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia para personas afectadas por la enfermedad celíaca durante el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 688517. [2023/3591]

Personas beneficiarias.

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las personas que, en la fecha de presentación de su solicitud, tengan diagnosticada la enfermedad celíaca y acrediten su padecimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 de esta orden.

2. En el caso de que la persona diagnosticada de enfermedad celiaca sea menor de edad o persona con discapacidad sometida a curatela para el adecuado ejercicio de su capacidad jurídica, la condición de persona beneficiaria recaerá en su tutor/a o representante legal y, si hubiera más de uno/a, en quien suscriba la solicitud, que será quién deberá cumplir, por tanto, el resto de requisitos que se determinan en el apartado 3.

Objeto. 1. La presente orden tiene por objeto la concesión de ayudas económicas en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia para personas afectadas por la enfermedad celíaca, y tiene por finalidad compensar la carga económica que supone para las personas celiacas durante el 2023 la adquisición de alimentos elaborados específicamente para celíacos, etiquetados con esta indicación de conformidad con lo establecido en el artículo 3.3 del Reglamento de Ejecución (UE) N.º 828/2014 de la Comisión de 30 de julio de 2014 relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos. Se excluyen productos genéricos que no contienen gluten en su composición natural y que no han sido procesado

La cuantía que se concederá a cada persona beneficiaria será de 750 euros con un máximo de 1.500 euros por unidad familiar

Solicitud y plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes estará abierto de forma permanente durante el período comprendido entre el día siguiente al de la publicación de esta orden y el 31 de octubre de 2023.

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