SUBVENCIONES DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA


Resolución de 17/02/2023, de la Vicepresidencia, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2023 en virtud del Decreto 7/2016, de 15 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. BDNS (Identif.): 677218 [2023/1588]

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas empadronadas en Castilla-La Mancha, las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en esta región y las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha, que presenten proyectos o actuaciones incardinados en los supuestos establecidos en el artículo 1 del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Objeto. Su objeto es la concesión directa de subvenciones para financiar la realización de proyectos o actuaciones de interés público o social, de carácter excepcional, para los que no existan programas específicos de ayuda en los presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, relativos a las siguientes materias:

a) Proyectos o actuaciones sociales o humanitarios que tengan un carácter singular o sean debidos a necesidades imprevistas y urgentes.

b) Proyectos o actuaciones de cooperación regional que tengan un carácter excepcional y que promuevan el desarrollo económico y social.

c) Proyectos de rehabilitación de inmuebles dañados, que tengan un interés público o social de carácter excepcional.

d) Cualquier otro tipo de proyectos o actuaciones de carácter excepcional, en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que justifiquen su singularidad para imposibilitar su convocatoria pública.

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y finalizará el 31 de diciembre de 2023.

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SUBVENCIÓN PARA ACTIVIDADES Y PROYECTOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL.

 

Resolución de 15/02/2023, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se convocan subvenciones para actividades y proyectos de educación ambiental promovidos por entidades privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha en el año 2023. Extracto BDNS (Identif.): 676595. [2023/1424]

Entidades Beneficiarias. Entidades privadas con personalidad jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en los registros oficiales que corresponda y que tengan recogido entre los fines de sus estatutos o documento constitucional, la protección del medio ambiente o la educación ambiental bien sea de forma genérica o bien en alguno de los aspectos que puedan entenderse vinculados a la misma para actividades y proyectos a desarrollar en el ámbito de Castilla-La Mancha

Objeto. La presente resolución tiene por objeto convocar para el año 2023 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de actividades y proyectos de educación ambiental, promovidos por entidades privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha.

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BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA TITULARES DE EXPLOTACIONES GANADERAS , CULTIVO DE HUESO Y FRUTOS SECOS.

 


El Diario Oficial de Castilla la Mancha , ha publicado el día 20 de Febrero de 2.023 la Orden 28/2023, de 10 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar las repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se realiza su convocatoria para 2023. Extracto BDNS (Identif.): 676268. [2023/1384

Personas beneficiarias. Serán beneficiaras de estas ayudas las titulares, tanto personas físicas como personas jurídicas, de explotaciones ganaderas de vacuno de cebo, vaca nodriza, ovino y/o caprino de carne, ovino de leche, caprino de leche, porcino extensivo, cunícola, avícola de carne y apícola, así como titulares de explotaciones agrícolas de cultivo de frutas de hueso (albaricoque y melocotón) y frutos secos (nueces), cuyo número mínimo de animales, UGM, colmenas o hectáreas sean las establecidas en el artículo 3 de la orden.

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AYUDAS PARA EL CONTROS DE RENDIMIENTO DE HEMBRAS LECHERAS EN CASTILLA LA MANCHA.  

 

Resolución de 29/12/2022, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2023, las ayudas para el control de rendimiento de las hembras lecheras en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 668230. [2022/12352]

Objeto. Convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2023 las ayudas destinadas al control de rendimiento de las hembras lecheras de las especies bovina, ovina y caprina de raza pura destinadas a la reproducción, sometidas a control de rendimiento lechero en Castilla-La Mancha, de conformidad con la Orden 190/2018, de 14 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se desarrollan las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el control de rendimiento de las hembras lecheras en Castilla-La Mancha.

Personas beneficiarias y requisitos.

Asociaciones o agrupaciones encargadas de la gestión del Centro Autonómico de Control Lechero en Castilla-La Mancha, tal como se establece en la Orden de 15 de mayo de 2007, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen los órganos competentes en materia de control oficial de rendimiento lechero en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, y la Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se designa a las agrupaciones y asociaciones encargadas de la gestión del Centro Autonómico de Control Lechero en Castilla-La Mancha.

Las explotaciones en las que se hayan realizado los controles de rendimiento lechero deberán reunir los  requisitos que se detallan en dicha resolución.

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SUBVENCION DESTINADA AL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTOCTONAS EN CASTILLA LA MANCHA.  

 


Resolución de 29/12/2022, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2023, las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas. Extracto BDNS (Identif.): 668105. [2022/12347]

Personas beneficiarias. Las organizaciones o asociaciones de ganaderos reconocidas por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos del apartado segundo de la resolución.

Objeto. Convocar, por el procedimiento de tramitación anticipada para el año 2023, las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en base a lo establecido en la Orden 189/2018, de 14 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, que establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas.

Plazo presentación solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 20 días desde el día siguiente a la publicación de esta resolución y de su extracto de la BDNS en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

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  SUBVENCIION DESTINADAS PARA MEJORA DE ATENCION RESIDENCIAL Y ACOGIMIENTO FAMILIAR.


Orden 252/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos destinados a la mejora de los modelos de atención residencial y acogimiento familiar de niños, niñas y adolescentes, con cargo al mecanismo de recuperación y resiliencia del instrumento Next Generation EU, financiado por la Unión Europea. Extracto BDNS (Identif.): 665660. [2023/10]

Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas las entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en la base cuarta.

Objeto. Las subvenciones objeto de esta orden estarán destinadas a financiar proyectos en las siguientes áreas de intervención:

a) Proyectos destinados a la sensibilización y captación de familias acogedoras y referentes, así como a la revisión del programa de acogimiento familiar en su modalidad de familia extensa.

b) Proyectos destinados a la revisión del modelo de acogimiento residencial y familiar.

c) Planes de actualización de competencias profesionales, así como actuaciones y actividades destinadas al desarrollo y mejora del modelo de acogimiento residencial y familiar, orientado al cuidado y al desarrollo personal de niños, niñas y adolescentes y a su preparación para la vida independiente.

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  AYUDAS PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL  


Decreto 133/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, cofinanciable por el Fondo Social Europeo Plus (FSE +). BDNS (Identif.): 667100. [2022/12273]

Beneficiarios Podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda las personas trabajadoras que se encuentren de alta en el régimen general de la seguridad social, y los trabajadores autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio Profesional, empadronados en un municipio de Castilla-La Mancha, que efectúen una contratación para el cuidado de los familiares indicados en el artículo 1, en los términos previstos en este decreto.

Objeto y actuaciones subvencionables. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a la contratación laboral indefinida de personas trabajadoras, dadas de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, para el cuidado a domicilio de:

a) Los hijos e hijas menores de catorce años y los menores de dieciocho años si el hijo o hija tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

b) Los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y el cónyuge o pareja de hecho, dependientes o con una discapacidad, a cargo de la persona solicitante.

Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses y se computará desde el día siguiente a la publicación del texto completo y del extracto de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

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