AYUDAS PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL  


Decreto 133/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, cofinanciable por el Fondo Social Europeo Plus (FSE +). BDNS (Identif.): 667100. [2022/12273]

Beneficiarios Podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda las personas trabajadoras que se encuentren de alta en el régimen general de la seguridad social, y los trabajadores autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio Profesional, empadronados en un municipio de Castilla-La Mancha, que efectúen una contratación para el cuidado de los familiares indicados en el artículo 1, en los términos previstos en este decreto.

Objeto y actuaciones subvencionables. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a la contratación laboral indefinida de personas trabajadoras, dadas de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, para el cuidado a domicilio de:

a) Los hijos e hijas menores de catorce años y los menores de dieciocho años si el hijo o hija tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

b) Los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y el cónyuge o pareja de hecho, dependientes o con una discapacidad, a cargo de la persona solicitante.

Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses y se computará desde el día siguiente a la publicación del texto completo y del extracto de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha

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