Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en viviendas y en edificios de viviendas existentes

 Primero. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas, mediante procedimiento de concesión en régimen de concurrencia co mpetitiva simplificado, que tiene por finalidad contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de rehabilitación energética en viviendas y en edificios de vivienda existentes exclusivamente en municipios de reto demográfico de Castilla-La Mancha, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de

las energías renovables, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que establece el artículo 7 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

Segundo. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta resolución, siempre que tengan residencia fiscal en España, las siguientes personas:

a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de viviendas unifamiliares existentes o de edificios residenciales colectivos existentes destinados a uso de vivienda.

b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso de vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

c) Las personas propietarias que, de forma agrupada, lo sean de edificios residenciales de uso vivienda, que reúnan los requisitos e stablecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios residenciales de uso vivienda, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación.

e) Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, siempre que actúen conforme al contrato que tengan establecido a tal fin con la propiedad y lleven a cabo las inversiones incluidas en alguna de las tipologías de actuaciones recogidas en esta convocatoria.

f) Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen

Local.

g) El sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

h) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

i) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución de las actuaciones subvencionables y que cumplan con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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Convocatoria de ayudas sobre proyectos productivos con zonificación.- Asociación Dulcinea

LÍNEA DE AYUDA: PROYECTOS PRODUCTIVOS CON ZONIFICACIÓN

CONVOCATORIA: 1-2023 PROYECTOS PRODUCTIVOS

• Aprobada en Junta Directiva de la Asociación: 18 de mayo de 2023

• Aprobada por la Dirección General de Desarrollo Rural: 30 de mayo de 2023

• Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día 7 de junio de 2023 al 17 de julio de 2023


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https://www.tierrasdedulcinea.com/


CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL.

 


Decreto 52/2023, de 25 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para el fomento de la inserción laboral de personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción. Extracto BDNS (Identif.): 699039. [2023/5002]

Beneficiarios Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas de inserción, calificadas conforme a la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, y al Decreto 22/2010, de 20 de abril, que realicen contrataciones de personas en situación de exclusión social y mantenimiento del personal técnico de acompañamiento y/o de producción, así como la contratación de asistencia técnica para la realización de auditorías o estudios, con las condiciones establecidas en el presente decreto.

o. Objeto. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, en la línea 1, para la contratación y/o mantenimiento de personas en situación de exclusión social; en la línea 2 para la contratación y/o mantenimiento de personal técnico de acompañamiento y/o producción y en la línea 3 para la contratación de asistencias técnicas para la elaboración de estudios y auditorías contables y sociales de estas empresas. La finalidad de estas subvenciones consiste en apoyar y propiciar la integración laboral de las personas en situación de exclusión social en el mercado laboral a través de las empresas de inserción, así como facilitar la viabilidad y el desarrollo de la función social de estas empresas

Plazo y forma de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo y del extracto de la resolución por la que se publica el crédito presupuestario disponible en cada ejercicio y finalizará el 15 de diciembre de ese mismo ejercicio.

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VERANO JOVEN DESCUENTOS EN EL TRANSPORTE PUBLICO

 


Descuentos a jóvenes para viajar en verano

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha activado descuentos de hasta el 90% para facilitar a los jóvenes de entre 18 y 30 años viajar en transporte público este verano, tanto por España como por Europa.

Las rebajas se aplicarán en los billetes sencillos y de ida y vuelta de los trenes y de los autobuses de titularidad estatal y de los pases Interrail que tengan fecha para viajar entre el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2023.

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BASES CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIÓN PARA LA REPOBLACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES EN OVINO Y CAPRINO.


Decreto 49/2023, de 23 de mayo, por el que se establecen las bases para la concesión directa de subvenciones para la repoblación de las explotaciones en caso de vaciado sanitario en ovino y caprino por medidas de emergencia ante viruela ovina y caprina, y se realiza su convocatoria en 2023. Extracto BDNS (Identif.): 698144. [2023/4848]

Personas beneficiarias. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en este decreto las personas titulares de explotaciones ganaderas de reproducción de ovino y caprino, ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario, y que efectúen la repoblación de la explotación desde la publicación de este decreto y aquellas que lo llevaron a cabo dentro de los tres años anteriores y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.

Objeto El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones destinadas a la repoblación de las explotaciones de reproductores de ovino y caprino en caso de vaciado sanitario como consecuencia de sospecha o confirmación de viruela ovina y caprina, que realicen la repoblación por vaciado sanitario desde la publicación de la correspondiente convocatoria, y aquellas que lo llevaron a cabo dentro de los tres años anteriores, y realizar la convocatoria para el año 2023.

Plazo presentación solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de este decreto y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 15 de diciembre de 2023.

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Subvenciones para el establecimiento y consolidación del trabajo autónomo

 

Decreto 33/2023, de 4 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el establecimiento y consolidación de proyectos de las personas trabajadoras autónomas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus. Extracto BDNS (Identif.): 686500. [2023/3310]

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 14 de abril de 2023 y terminará el 15 de julio de 2023.

OBJETO Y FINALIDAD DE LAS AYUDAS: El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, así como para la consolidación de proyectos de las personas trabajadoras autónomas

LÍNEAS DE AYUDAS:

Línea 1: Subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.

Línea 2: Subvenciones para la consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia tras los primeros 12 meses de actividad.

IMPORTE DE LA AYUDA

Línea 1: 3.000 euros.

Línea 2: 2.000 euros.

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SUBVENCION PARA FAVORECER LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES AL COLECTIVO LGTBI.

 

Resolución de 10/05/2023, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se convocan subvenciones para favorecer la igualdad y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI y visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Castilla-La Mancha en 2023. Extracto BDNS (Identif.): 695341. [2023/4598]

Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas: 1.

Línea 1: Subvenciones para proyectos que favorezcan la igualdad de trato, oportunidades y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI y sus familias:

2. Línea 2: Subvenciones para la visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Castilla-La Mancha.

Objeto. El objeto de estas subvenciones es la financiación de proyectos que favorezcan la igualdad y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo de lesbianas, gais, transexuales o trans, bisexuales e intersexuales o pertenencia a familias LGTBI, así como la realización de actividades que favorezcan la visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Castilla-La Mancha

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes, será de veinte días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución de convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en el modelo que figura en el anexo I, al que se acompañará el anexo de descripción del proyecto debidamente cumplimentado.

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