CONCESION DIRECTA DE SUBVENCION PARA FOMENTAR EL TRABAJO A DISTANCIA

 El Diario Oficial de Castilla la Mancha, ha publicado el día  06 de Octubre de 2.020 , El Decreto 61/2020, de 29 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y pymes destinadas a fomentar el trabajo a distancia como modalidad de organización laboral, con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19.

 

Personas y empresas beneficiarias.

  1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas que cuenten con al menos un asalariado a su cargo y las pymes, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha.
  2. A los efectos de este decreto, se entienden por: a) Personas trabajadoras autónomas, las personas físicas que cuenten al menos con un asalariado a su cargo y que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica. b) Pymes, todas aquellas entidades que, con independencia de su forma jurídica, ejerzan una actividad económica, y se ajusten a la definición que de las mismas determine, en cada momento la Unión Europea, siendo aplicable en tanto no sea objeto de modificación la definición prevista en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, a los efectos de este decreto podrán ser beneficiarios: 1º. En la categoría de las pymes, la pequeña empresa, definida como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. 2º. En la categoría de las pymes, la microempresa, definida como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
  3. También serán consideradas como beneficiarias de las ayudas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable conforme a este decreto.

 

Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a las personas trabajadoras autónomas y a las pymes que transformen puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia o que realicen contrataciones nuevas cuya prestación laboral se realice a distancia.

 

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo del presente decreto y de su extracto.

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es.

 



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