CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES POR LA COVID-19 A EMPRESAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE CASTILLA LA MANCHA

El Diario Oficial de Castilla la Mancha , ha publicado el 27 de Octubre , El Decreto 65/2020, de 20 de octubre, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones por la COVID-19 a empresas que prestan el servicio de transporte público regular de viajeros en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Objeto
El objeto de este decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a las empresas que prestan servicios de transporte público regular de viajeros de uso general en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha en los términos indicados en el artículo 4. Su finalidad es la de mantener la prestación de dichos servicios públicos, de tal forma que se siga garantizando el derecho a la movilidad de las personas. El marco temporal de estas ayudas debe entenderse referido al periodo de vigencia del estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, esto es, durante el periodo comprendido entre las 00:00 horas del día 14 de marzo de 2020 y las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020


Personas o entidades beneficiarias y requisitos.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las personas físicas o jurídicas, o entidades, que durante toda la vigencia del estado de alarma declarado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y sus sucesivas prórrogas se encontrarán en alguna de las siguientes situaciones:

a) prestando servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general que sean titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

b) estando sometidas al cumplimiento de OSP por parte de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la prestación de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera de uso general que sirvan tráficos incluidos en el territorio de Castilla-La Mancha, pudiendo excepcionalmente transcurrir una parte del servicio por territorio de otra comunidad autónoma.

Solicitudes, forma y plazo de presentación.
Las solicitudes se presentarán ante la Dirección General de Transportes y Movilidad, en el plazo de quince (15) días desde el día siguiente a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, y se formalizarán en el correspondiente modelo oficial, el cual figura como Anexo I en la presente convocatoria y en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).


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