AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL EN CASTILLA LA MANCHA.  


Resolución de 23/12/2022, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas de emergencia social en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 666527. [2022/12178]

Beneficiario: Personas beneficiarias. Podrán concurrir a la convocatoria de estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Objeto. Ayudas de emergencia social.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día 2 de enero de 2023 hasta el final del ejercicio o el agotamiento del crédito si es anterior.

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  AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER CELEBRACIONES DE ACTIVIDADES FERIALES COMERCIALES        


Resolución de 16/12/2022, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a promover la celebración de actividades feriales en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2022. Extracto BDNS (Identif.): 665356. [2022/12008]

Objeto y finalidad. La presente resolución tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a promover la celebración de actividades feriales en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2022, con la finalidad de impulsar el crecimiento de la actividad comercial de nuestra región y la creación y consolidación de empresas.

a) Línea 1. Ayudas a Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

b) Línea 2. Ayudas a instituciones feriales, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que tengan como finalidad principal el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad comercial en Castilla-La Mancha.

Periodo subvencionable y cuantía de la subvención. 1. El periodo subvencionable abarcará desde el día 1 de diciembre de 2021 hasta el día 30 de noviembre de 2022.

Plazo y forma de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán ante la Dirección General competente en materia de comercio, de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario normalizado que figura como Anexo I de la presente resolución, incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es).

2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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SUBVENCION CONCESION DIRECTA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE CAPTACION DEL TALENTO.  

 

Decreto 126/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Captación del Talento. Extracto BDNS (Identif.): 665957. [2022/12108]

Beneficiarios

Para la línea 1: Subvenciones para la contratación indefinida: Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, pueda realizar el proyecto o actuación subvencionable.

Para la línea 2: Subvenciones para el inicio de la actividad emprendedora: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea de subvención las personas, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia y que cumplan los requisitos establecidos en el art 17.2 del Decreto.

Para la línea 3: “Bono Talento Rural”: personas que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que fijen su residencia habitual en las zonas escasamente pobladas o en riesgo y reúnan alguno de los requisitos establecidos en el art 23.2 del Decreto.

Objeto. El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones en el marco del programa “Captación del Talento”, para la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora y la ayuda asociada a los gastos de traslado e instalación de personas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.

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  BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS AL PROGRAMA DE MODERNIZACION DEL COMERCIO.


Orden 246/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea-Next Generation EU- y se realiza su convocatoria para el año 2022. Extracto BDNS (Identif.): 665592. [2022/12042]

Objeto de la convocatoria.

1. Se convocan para el ejercicio 2022, en los términos establecidos en las bases reguladoras incluidas en el capítulo II de esta orden, las subvenciones destinadas al Programa de modernización del comercio: Fondo Tecnológico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. La convocatoria se enmarca en el Componente 13 del Plan de Recuperación, denominado “Impulso a la pyme”, en la inversión 4 “Apoyo al Comercio”, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 y por la Decisión de Ejecución del Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

Líneas de ayuda y requisitos de los proyectos y de las actuaciones subvencionables.

1. Se establecen dos líneas de ayudas:

a) Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial.

b) Línea de ayudas destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial.

Cuantía de la subvención. 1. El porcentaje máximo de ayuda que podrá concederse será del 85% del gasto subvencionable aprobado para la línea destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial y del 100% para la línea destinada a asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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  AYUDAS A FAMILIAS NUMEROSAS


Resolución de 14/12/2022, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas a familias numerosas durante el ejercicio 2023. Extracto BDNS (Identif.): 664440. [2022/11810]

Personas beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras

Objeto. Ayudas económicas a las familias numerosas de Castilla-La Mancha.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día 2 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al coste de las mismas en cada ejercicio presupuestario.

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AYUDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES BASICAS DE VIDA DE PERSONAS EN ESTADO DE VIUDEDAD O DEPENDIENTES ECONOMICAMENTE DE LA PERSONA FALLECIDA.

 


Resolución de 13/12/2022, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, por la que se publica el crédito presupuestario disponible, durante 2023, para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de las ayudas para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes que dependieran económicamente de la persona fallecida. Extracto BDNS (Identif.): 664099. [2022/11808]

Personas beneficiarias. Podrán concurrir a la convocatoria de estas ayudas las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Objeto. Ayudas para atender situaciones de necesidad o desventaja social en que se encuentren las personas que no estén en disposición de conseguir mantener, a través de sus fuentes de ingresos, unas condiciones básicas de vida en su hogar habitual, por el hecho de que el cónyuge, persona con quien mantenía análoga relación de afectividad o familiar con quien compartían los gastos y de quien dependían económicamente ha fallecido.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 2 de enero de 2023 y finalizará el 31 de diciembre del mismo año, si bien la concesión de las ayudas estará sujeta, en todo caso, a la existencia de consignación presupuestaria para hacer frente al coste de las mismas en cada ejercicio presupuestario

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  AYUDAS DEL INGRESO MINIMO DE SOLIDARIDAD.  


Resolución de 13/12/2022, de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas del ingreso mínimo de solidaridad. Extracto BDNS (Identif.): 663758. [2022/11807]

Personas beneficiarias. Podrán concurrir a la presente convocatoria de estas ayudas las personas físicas que tengan reconocida la ayuda del ingreso mínimo de solidaridad con anterioridad a la publicación de este extracto y que cumplan los requisitos para la renovación y renovación excepcional de la ayuda establecidos en las bases séptima y octava de las bases reguladoras

Objeto. Ayudas del Ingreso Mínimo de Solidaridad.

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