SUBVENCION POR TRANSFORMACION EN CONTRATOS INDEFINOS DE LOS CONTR PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE, LOS CONTRATOS EN PRACTICAS, LOS CONTRATOS DE RELEVO Y LOS CONTRATOS DE TRABAJADORES EN PROCESOS DE INSERCIÓN

El Diario Oficial de Castilla la Mancha a publicado el día 10 de Agosto de 2.020 , el Decreto 43/2020, de 3 de agosto, por el que se modifica el Decreto 97/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la cualificación y la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral.


Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores/as con las condiciones establecidas en el presente decreto.


Objeto e inversiones subvencionables:


El presente Decreto tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2020, la convocatoria de subvenciones a las empresas y entidades sin ánimo de lucro por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo, así como la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción


Plazo y forma de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2020, se extenderá desde el día siguiente a la publicación del Decreto, hasta el día 30 de octubre de 2020


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AYUDAS PARA EL ESTIMULO DEL MERCADO DE TRABAJO Y FOMENTO DEL EMPLEO

El Diario Oficial de Castilla la Mancha a publicado el 10 de Agosto de 2.020, el Decreto 41/2020, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la Líneas 1, 2 y 3 las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones por tiempo indefinido con las condiciones establecidas en el presente decreto.

Objeto y actuaciones subvencionables:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a favorecer el empleo estable y de calidad, a través de la contratación laboral indefinida inicial, de la transformación de contratos temporales en indefinidos y de la conversión de los contratos a tiempo parcial en contratos a jornada completa siempre que se trate de un contrato formalizado por tiempo indefinido. Para ello, el decreto prevé tres líneas de ayudas:

Plazo y forma de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto del Decreto y finalizará el 30 de noviembre de 2020.

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PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD TURÍSTICA


Un programa de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de España y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Toledo, cuyo objetivo es potenciar la digitalización de las empresas del sector turístico para mejorar la competitividad y lograr un crecimiento sostenido.

FASES DEL PROGRAMA

FASE I: DIAGNÓSTICO ASISTIDO: diagnóstico personalizado de tu empresa sobre diferentes áreas estratégicas y sus posibilidades de mejora.

FASE II: IMPLANTACIÓN Y AYUDA A LA INVERSIÓN: Tras este análisis, y finalizada la Fase I, la empresa beneficiaria podrá desarrollar, en colaboración con empresas especializada, la implantación de los proyectos recomendados en la fase I de diagnóstico, recibiendo una subvención del 70% de la inversión realizada (sobre un máximo de 7.000€ (IVA no incluido).

Solicita información en bvicente@camaratoledo.com Tel. 925285428 Ext 308

MÁS INFORMACIÓN

El Programa de Competitividad Turística se enmarca en el Programa Operativo de Crecimiento Inteligente FEDER 2014-2020 (POCInt), y está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Toledo.

Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Toledo
Calle Dinamarca, 4. 45005 Toledo
925 28 54 28
www.camaratoledo.com




AYUDAS DEL PROGRAMA CONOCE CASTILLA LA MANCHA

El Diario de Castilla la Mancha a publicado el 29 de Julio de 2020, la Resolución de 22/07/2020, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas del Programa Conoce Castilla-La Mancha para 2020.

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas todas aquellas instituciones, asociaciones, fundaciones, sociedades o cualesquiera otras entidades con independencia de su forma jurídica, que carezcan de ánimo de lucro, tengan naturaleza privada y actúen conforme a sus estatutos, escrituras, reglas o normas fundacionales en los ámbitos cultural, educativo, juvenil, de mujeres, de mayores, y de personas con discapacidad.

Quedan excluidas de estas ayudas, las asociaciones y entidades de carácter deportivo.

Objeto: La finalidad de este Programa consiste en promocionar y fomentar la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, como destino turístico de interior, mediante la promoción de viajes turísticos, de forma que se dé a conocer el patrimonio histórico, cultural y natural de la Región.


SUBVENCION CHEQUE EXPORTADOR COVID-19.

El Diario de Castilla la Mancha a publicado el día 27 de Julio de 2.020, El Decreto 36/2020, de 21 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones -Cheque exportador COVID-19- para favorecer la internacionalización de las empresas de Castilla-La Mancha


Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en este decreto las empresas; las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); los clústeres; las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.

Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como cuando se constituyan como asociaciones y fundaciones.

Objeto
El objeto del Decreto es regular la concesión directa de subvenciones dirigidas a empresas, para el desarrollo de actuaciones de transformación digital, promoción e innovación de carácter internacional, que contribuya a superar la situación generada por el COVID-19, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.

Las líneas de subvención del decreto son:

a) Línea 1: Cheque exportador.
b) Línea 2: Cheque exportador-moda.


Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del decreto y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, hasta el 30 de abril de 2021 o hasta el agotamiento del crédito si es anterior.

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del Anexo I, que se presentará junto con el Anexo II, y que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://www.jccm.es).


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CONCESION DIRECTA DE SUBVENCION PARA INCENTIVAR LA CONTRATACION DE PERSONAS AFECTADAS COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS PORVOCADA POR EL COVID-19

El Diario Oficial de Castilla la Mancha , ha publicado el día 27 de Julio de 2.020 , el Decreto 35/2020, de 21 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación de personas afectadas por procedimientos de extinción del contrato de trabajo como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19.


Objeto y finalidad.

1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación laboral de las personas trabajadoras desempleadas, que han visto extinguidos sus contratos de trabajo como consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19, efectuada por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

A los efectos del presente decreto, se entienden extinciones provocadas como consecuencia de la crisis originada por el COVID-19, todas aquellas extinciones de contratos de trabajo realizadas a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y mientras el porcentaje de paro registrado, con relación a la población entre 16 y 64 años en Castilla-La Mancha, permanezca en el promedio de los últimos 12 meses de información disponible, por encima del 12,9%, porcentaje que es el promedio existente en los doce meses inmediatamente anteriores a la declaración del estado de alarma.

2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de personas trabajadoras desempleadas para paliar la situación de desempleo provocada por la crisis surgida como consecuencia del COVID-19, en un escenario completamente imprevisible. Artículo 2. Procedimiento de concesión


Beneficiarios podrán ser:

Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, realicen las contrataciones que reúnan las condiciones establecidas en el presente decreto.



Financiación y cuantía de las subvenciones:

El importe del crédito disponible para el ejercicio 2020, para atender las obligaciones económicas derivadas de la concesión de subvenciones es de 6.700.000 euros, financiados con fondos finalistas procedentes de Conferencia Sectorial, pudiendo incrementarse adicionalmente en 3.000.000,00 euros. La cuantía de la subvención por cada contratación será de 5.140 euros



Plazo y forma de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de empleo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), que figura como anexo I acompañado del anexo II. Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha del texto completo y del extracto de la resolución por la que se publica el crédito presupuestario disponible en cada ejercicio y finalizará el 30 de noviembre de ese mismo ejercicio. Dentro de dicho periodo, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la formalización



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SUBVENCIONES PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL COMO CONSECUENCIA DE LA CRISIS ORIGINADA POR EL COVID-19

El Diario Oficial de Castilla la Mancha ha publicado el 17 de Julio del 2020 , el Decreto 32/2020, de 14 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral como consecuencia de la crisis originada por el COVID-19.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la Líneas 1 y 2 las personas trabajadoras por cuenta ajena que cumplan con los requisitos generales y específicos establecidos para cada línea de ayuda en el presente decreto. Segundo.

Objeto y actuaciones subvencionables
El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral destinadas a:

a) Ayudar a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o de hijas o para el cuidado de familiares.

b) Ayudar por la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o de hijas o familiares.

Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla -La Mancha del texto completo y del extracto del presente decreto y finalizará el 30 de noviembre de 2020. Dentro de dicho período, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de un mes, como a continuación se indica:

a) Para la línea 1 desde la finalización de la situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo de la persona beneficiaria para el cuidado de cada hijo o hija, o de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y en todo caso, hasta el día 30 de noviembre de 2020.

b) Para la línea 2 desde la finalización del contrato de trabajo formalizado con persona trabajadora dada de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, y en todo caso, hasta el día 30 de noviembre de 2020.


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