Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en este decreto las empresas; las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); los clústeres; las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas.
Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como cuando se constituyan como asociaciones y fundaciones.
Objeto
El objeto del Decreto es regular la concesión directa de subvenciones dirigidas a empresas, para el desarrollo de actuaciones de transformación digital, promoción e innovación de carácter internacional, que contribuya a superar la situación generada por el COVID-19, convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha.
Las líneas de subvención del decreto son:
a) Línea 1: Cheque exportador.
b) Línea 2: Cheque exportador-moda.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del decreto y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, hasta el 30 de abril de 2021 o hasta el agotamiento del crédito si es anterior.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del Anexo I, que se presentará junto con el Anexo II, y que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://www.jccm.es).
Pinche aquí para mas información.
Pinche aquí para acceder al DOCM.
Las líneas de subvención del decreto son:
a) Línea 1: Cheque exportador.
b) Línea 2: Cheque exportador-moda.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del decreto y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, hasta el 30 de abril de 2021 o hasta el agotamiento del crédito si es anterior.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del Anexo I, que se presentará junto con el Anexo II, y que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: (https://www.jccm.es).
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