El Diario Oficial de Castilla la Mancha , ha publicado el día 18 de Diciembre de 2.020, la Resolución de 17/12/2020, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la COVID-19, para el ejercicio 2020.]
Objeto y finalidad.
1. La presente resolución tiene por
objeto convocar las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva
y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la
COVID-19, para el ejercicio 2020
Podrán ser beneficiarias de las ayudas:
a) En las líneas de digitalización y de promoción del sector
artesano: las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas
físicas o jurídicas, públicas o privadas, las asociaciones artesanas y
federaciones de las mismas, así como las comunidades de bienes, sociedades
civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque
carezcan de personalidad jurídica.
b) En la línea de inversión en talleres artesanos: las
personas o entidades previstas en la letra a) anterior, a excepción de las
asociaciones artesanas y federaciones de las mismas.
Las líneas de subvención son las siguientes:
a) Línea de digitalización del sector artesano. Tiene por
objeto subvencionar actuaciones destinadas a la transformación digital del
sector y al fomento de la presencia en internet a través del comercio
electrónico o venta online.
b) Línea de inversión en talleres artesanos. Tiene por
objeto subvencionar actuaciones que garanticen el adecuado cumplimiento de las
medidas de seguridad contra la propagación de la COVID-19, sirvan para
modernizar los talleres artesanos y mejoren la capacidad productiva, la
innovación y la competitividad del sector.
c) Línea de promoción del sector artesano. Tiene por objeto
subvencionar actuaciones de comercialización de productos artesanos y
actuaciones para fomentar la visibilidad del sector.
La cuantía de la subvención que podrá concederse por cada
línea y actuación subvencionable será el 70% de la inversión subvencionable
aprobada, con un máximo de 5.000 euros de subvención por beneficiario en cada
una de ellas, siempre que no se superen los límites establecidos en el apartado
4.
4. El importe máximo a recibir en el caso de que se solicite
subvención por más de una línea o actuación subvencionable será de 6.000 euros
por beneficiario, salvo en el supuesto de que los beneficiarios sean
asociaciones artesanas y federaciones de las mismas, en cuyo caso el importe
máximo a recibir será de 10.000 euros.
Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán ante la Dirección General
de Turismo, Comercio y Artesanía, de forma telemática con firma electrónica, a
través del formulario normalizado que figura como anexo I de la presente
resolución, incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de
Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es).
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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