El
Diario Oficial de Castilla la Mancha , ha publicado el día 04 de
Octubre de 2.020, La Orden 170/2020, de 21 de octubre, de la Consejería
de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas de apoyo a la modernización, innovación e
incremento de la competitividad del sector turístico de Castilla-La
Mancha como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19, y se efectúa la convocatoria para 2020.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas autónomas o
empresas turísticas que presten los siguientes servicios o actividades:
a) Hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones.
b) Apartamentos turísticos.
c) Albergues turísticos.
d) Campings.
e) Restaurantes, bares y cafeterías.
f) Turismo activo y ecoturismo.
g) Agencias de viajes.
h) Guías de turismo.
i) Alojamientos rurales.
Objeto
a) Línea 1. Incorporación de la utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).
b) Línea 2. Implantación de iniciativas innovadoras en el sector turístico.
c)
Línea 3. Modernización y mejora de las instalaciones de los locales,
así como la adquisición de material para la implementación de los
protocolos de seguridad sanitaria en la lucha contra el COVID-19.
d) Línea 4. Implantación de sistemas certificables de gestión de la calidad, seguridad sanitaria o de gestión ambiental.
e) Línea 5. Acciones de promoción turística para reposicionamiento.
Financiación y cuantía de las subvenciones
Todas
las cuantías de las ayudas se calcularán como un porcentaje a aplicar
sobre las inversiones subvencionables aprobadas, siendo ese porcentaje
del 70 por ciento. En función de cada línea subvencionable, se
establecen unas cuantías máximas subvencionables por cada actuación de
la forma siguiente:
a) En las líneas 1 y 5 la cuantía máxima es de 3.000 euros.
b) En las líneas 2 y 3 la cuantía máxima es de 5.000 euros.
c) En la línea 4 la cuantía máxima es de 1.500 euros.
Plazo
y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán
en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la
publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de
Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección
General competente en materia de turismo.
Las
solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma
electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de
la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm. es).
Pinche aquí para acceder al DOCM.
Pinche aquí para acceder a los trámites.