AYUDAS DE APOYO A LA MODERNIZACION, INNOVACION E INCREMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR TURISTICO DE CASTILLA LA MANCHA

 

El Diario Oficial de Castilla la Mancha , ha publicado el día 04 de Octubre de 2.020, La Orden 170/2020, de 21 de octubre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a la modernización, innovación e incremento de la competitividad del sector turístico de Castilla-La Mancha como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y se efectúa la convocatoria para 2020.

Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas autónomas o empresas turísticas que presten los siguientes servicios o actividades:

a) Hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones.

b) Apartamentos turísticos.

c) Albergues turísticos.

d) Campings.

e) Restaurantes, bares y cafeterías.

f) Turismo activo y ecoturismo.

g) Agencias de viajes.

h) Guías de turismo.

i) Alojamientos rurales.

Objeto

a) Línea 1. Incorporación de la utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

b) Línea 2. Implantación de iniciativas innovadoras en el sector turístico.

c) Línea 3. Modernización y mejora de las instalaciones de los locales, así como la adquisición de material para la implementación de los protocolos de seguridad sanitaria en la lucha contra el COVID-19.

d) Línea 4. Implantación de sistemas certificables de gestión de la calidad, seguridad sanitaria o de gestión ambiental.

e) Línea 5. Acciones de promoción turística para reposicionamiento.

Financiación y cuantía de las subvenciones

Todas las cuantías de las ayudas se calcularán como un porcentaje a aplicar sobre las inversiones subvencionables aprobadas, siendo ese porcentaje del 70 por ciento. En función de cada línea subvencionable, se establecen unas cuantías máximas subvencionables por cada actuación de la forma siguiente:

a) En las líneas 1 y 5 la cuantía máxima es de 3.000 euros.

b) En las líneas 2 y 3 la cuantía máxima es de 5.000 euros.

c) En la línea 4 la cuantía máxima es de 1.500 euros.

Plazo y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de turismo.

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm. es).

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