SUBVENCION DIRECTA PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CASTILLA LA MANCHA

El Diario Oficial de Castilla -La Mancha , ha publicado el día 29 de Junio de 2020 el Decreto 25/2020, de 23 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Castilla-La Mancha.

Objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a:

a) Fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

b) Adaptar sus puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo.

c) Favorecer el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo mediante la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mismo.

Para ello, el decreto prevé tres líneas de ayudas:

Línea I.- Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad. En esta línea se incluyen:

a) Subvenciones a las contrataciones iniciales indefinidas de personas con discapacidad, que cumplan con los requisitos previstos en el decreto.

b) Subvenciones a las transformaciones en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo de personas con discapacidad, efectuadas al amparo de lo dispuesto en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, así como la transformación en contratos por tiempo indefinido de los contratos formativos, de los contratos de relevo y de los contratos de duración determinada de personas trabajadoras en procesos de inserción en empresas de inserción, celebrados en todos los casos con trabajadores que, en el momento de la transformación, ostenten la condición de personas con discapacidad.

Línea II.- Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad.

Línea III.- Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo procedentes de enclaves laborales.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la Líneas I, II y III las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de personas con discapacidad con las condiciones establecidas en el presente decreto.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto del Decreto y finalizará el 15 de noviembre de 2020.

Pincha aquí para ver el DOCM.